Por fechas patrias y celebraciones religiosas, el calendario del nuevo año cuenta con algunos fines de semana de cuatro días y otros de tres. Conocé cuáles son y organizá tus viajes relámpago.
Para comenzar a planear los objetivos del 2020, es bueno conocer cómo se ordenará el calendario de feriados y días no laborables del nuevo año. Según el Gobierno nacional, las fechas quedarán dispuestas de la siguiente manera:
Febrero
- Lunes 24: Carnaval (feriado inamovible).
- Martes 25: Carnaval (feriado inamovible).
Marzo
- Lunes 23: Feriado con fines turísticos.
- Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado).
Abril
- Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado).
- Jueves 9, viernes 10, miércoles 15 y jueves 16: Pesaj – Pascuas Judías (No laborable sólo para quienes profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399).
- Jueves 9: Jueves Santo (no laborable).
- Viernes 10: Viernes Santo (feriado).
- Viernes 24: Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos, en conmemoración del genocidio armenio (No laborable para empleados y funcionarios de organismos públicos y alumnos de origen armenio, según dispone la Ley N° 26.199).
Mayo
- Viernes 1: Día del trabajador (feriado).
- Domingo 24: Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán (Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Articulo 3 de la Ley N° 27.399).
- Lunes 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado).
Junio
- Jueves 4: Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos (No laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica, según dispone la Ley 23.399).
- Lunes 15: Día Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (feriado que se traslada del 17/6).
- Sábado 20: Día Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (feriado).
Julio
- Jueves 9. Día de la Independencia (feriado).
- Viernes 10. Feriado con fines turísticos.
- Viernes 31: Fiesta del Sacrificio (Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Articulo 3 de la Ley N° 27.399).
Agosto
- Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (feriado).
- Miércoles 19: Año Nuevo Islámico (No laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica, según dispone la Ley 23.399).
Septiembre
- Sábado 19 y domingo 20: Año Nuevo Judío (No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399).
- Lunes 28: Día del Perdón (No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399).
Octubre
- Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado).
Noviembre
- Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (feriado que se traslada del 20/11).
Diciembre
- Lunes 7: Feriado con fines turísticos.
- Martes 8: Inmaculada Concepción de María (feriado).
- Viernes 25: Navidad (feriado).
Fuente: INFOCIELO