No habrá fin de semana largo. Se traslada el feriado del 2 de abril al martes 31 de marzo y el lunes 30 no será feriado puente.
Tal como dispuso el Gobierno nacional a través del decreto 297/2020, sólo estarán exceptuadas de la prohibición de concurrir a sus lugares de trabajo las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia. “La continuidad de estas actividades constituye una exigencia excepcional de la economía nacional”, indicaron.
Por otro lado, aseveraron que a pesar de la no concurrencia a los lugares de trabajo, los trabajadores percibirán sus ingresos normalmente “conforme lo establece la Resolución N° 219/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social”.
Fuente: INFOCIELO