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Derogan el polémico decreto de Macri de importación de basura

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La anterior gestión modificó la vieja orden Nº 181/1992 y convirtió al país en un basural de residuos peligrosos proveniente de otros países y en un depósito de tránsito hacia otros países. La actual gestión dejará sin efecto el decreto.

El ex presidente, Mauricio Macri, modificó el año pasado un decreto que nació a raíz del arribo ilegal de residuos nucleares en 1992. Con esa medida, dispuso que Argentina se convierta en un depósito de basura extranjera y un país de tránsito de residuos hacia terceros países. Este jueves, el nuevo ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié confirmó que se anulará esa decisión.

Además, sostuvo que se están trabajando en propuestas superadoras para el tratamiento de la basura porque en el país hay 5 mil basurales a cielo abierto y explicó que es una de las principales problemáticas que le manifiestan los funcionarios provinciales.

En Radio Nacional, dijo que decidieron “asumir los problemas pendientes que hay en Argentina en materia de ambiente”, y que “expandir la economía es prioridad pero no de cualquier forma, tenemos que sentar bases para no seguir destruyendo nuestro ambiente que es el lugar donde vivimos”.

Por último se refirió a la mega minería: “la pregunta es cómo y dónde se realiza minería, lo que tengo que hacer es bregar para que no existan esos pasivos ambientales, por eso hacen falta cambios culturales en la sociedad y en la política”.

Cabe recordar que en aquel momento, especialistas ambientales advirtieron sobre un punto que –de forma agazapada- podría permitir la importación de basura y al mismo tiempo, perjudicar el trabajo de los recicladores urbanos.

El único artículo modificado por el entonces presidente Macri y su jefe de gabinete, Marcos Peña, fue el dos, en donde ahora se especifica que se seguirá considerando como basura a todos aquellos residuos que “no se ajusten a las exigencias y al procedimiento de importación que dispongan la Secretaría de Gobierno de Ambiente”.

Pero, puntualmente, el nuevo DNU explica que se hará una excepción para aquellas “sustancia u objeto se utilice para finalidades específicas”, así para cuando “exista un mercado o una demanda para dicha sustancia u objeto”.

También, dentro del artículo N° 2, se permiten las “sustancias u objetos que satisfagan los requisitos técnicos para las finalidades específicas, y cumpla la legislación existente y las normas aplicables al producto”.

Para varios ambientalistas, esta modificación significa literalmente una ventana abierta para que el DNU pueda ser leído de otra forma. En pocas palabras, denunciaron una “trampa” legal para permitir la importación de basura.

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