Ciudad, Información General

Justicia de Faltas logra condena y multa de $ 450.000.-

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En el año 2007 se constató la existencia  de una obra en propiedad horizontal que transgredía lo normado en el Código de Ordenamiento Territorial (COT) y el Reglamento General de Construcciones, por superar el Factor de Ocupación del Suelo (FOS), Factor de Ocupación total (FOT) , Plano Límite (altura máxima permitida en el sector, invadir retiros del frente y laterales).

La causa tuvo trámite en el Juzgado N° 3 a cargo del Dr. Pedro López Martucci.

Superando un trámite extenso debido a las dificultades que hubieron de sortearse para individualizar y notificar a los imputados, debido a la falta de domicilios en la jurisdicción, como así también a los continuos cambios de titularidad que se pudieron constatar en la composición  del paquete accionario de quienes detentaban la titularidad dominial .

Finalmente al poder lograr la Justicia de Faltas, la comparencia de los responsables (el proceso no puede seguir en rebeldía) y teniendo la oportunidad las mismas de ensayar su defensa, producida la prueba y acompañados los informes técnicos por parte de la Municipalidad (Obras Privadas) se procedió a dictar sentencia en fecha 04 de marzo de 2010, condenando a la imputada en autos al pago de una multa de pesos Cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000, 00), y a la adecuación de la obra a lo normado en la legislación vigente, lo que obliga a demoler lo construido antirreglamentariamente.

Dicha sentencia fue apelada por ante el Juzgado en lo Correccional N° 1 , a cargo de la Dra. Jorgelina Camadro , la cual confirma lo dispuesto por el Dr. Lopez Martucci.

Posteriormente se recurrió ante la Excma. Cámara en lo Criminal y Correccional  (Sala III), la cual a su vez con los votos de los doctores Paolini y Pogetto confirmó la sentencia en todos sus términos.

Por último el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Bs. As. rechazó el Recurso de Queja interpuesto con la firma de los Jueces Manzini, Celesia y Mahiquez, integrantes de la sala II de dicho Tribunal.

Agotada la vía recursiva y notificada  la imputada la sentencia del Juzgado nro. 3 a cargo del Dr. Lopez Martucci. ha quedado firme por lo cual la condenada deberá afrontar el pago de la multa de $ 450.000, 00 y proceder a adecuar la obra, lo que implica la demolición de la parte antirreglamentaria, para lo cual el Juez ya ofició a la Secretaria de Obras para que verifique el cumplimiento de lo ordenado teniendo a su cargo la responsabilidad por la seguridad de las tareas y la efectiva realización de las mismas.

Atentamente Pedro López Martucci

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