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El Consejo Federal Pesquero aprobó la incorporación de diez poteros

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Apoyado en la Resolución 10/13, que autorizara la presentación de proyectos para la captura del calamar, el Consejo Federal Pesquero aprobó ayer por unanimidad la incorporación de diez poteros al caladero nacional.

La nómina está integrada por las siguientes empresas y buques:

  • Univpesca: “Ming Wang” y “Ming Yuan” – Permisos por 7 años.
  • Bahía Grande S.A: Buque a construir con permiso por 17 años.
  • Cheng I SA: “Huyu 906” y “Huyu 907” – Permisos de 8 y 9 años respectivamente.
  • Ardapez S.A: “Ardapez 1” y “Ardapez 2” – Permisos por 16 años.
  • Fenix International S.A: “Xin Shi Ji 92” y “Xin Shi Ji 96” – Permisos por 8 años.
  • Chiarpesca S.A: “Huyu 908” – Permiso por 18 años.

Como condición para acceder a las licencias, estos armadores debieron acreditar mayoría de tripulación argentina y fundamentalmente vínculos con una planta en tierra, con personal registrado, para asegurar al menos el reprocesamiento de un 10 por ciento de las capturas.

Razones y debate

Uno de los argumentos que sostiene el ingreso de estos barcos chinos está emparentado al número de buques que opera sobre el recurso. El cuerpo considera que la pesquería se sostiene con 104 unidades, cuando hasta ayer quedaban 62 activos en el registro oficial.

Claro que el análisis global data de 2006. Una resolución del Consejo determinó entonces que la explotación sustentable del calamar era compatible con ese número. Sin embargo, la pesquería experimentó a partir de allí altas y bajas en los rendimientos, abriendo el debate.

Desde Capa, por caso, se declaran perjudicados. Entienden que la realidad biológica del recuso cambió y que ahora deberán competir con nuevos jugadores en desigualdad de condiciones, sin ningún tipo de subsidio.

En esa dirección presentaron un recurso de reconsideración, que finalmente ayer fue rechazado: “La pretensión de no contar con nuevos buques habilitados para el acceso al caladero y autorizados para la captura como competidores de los actuales y la pretensión de preservar una nueva situación fáctica con menos competidores implica la construcción normativa de un trato diferencial sin una razón que lo sustente”, respondieron los consejeros.

Fuente: Pescare

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