Ciudad, Policiales

Denuncian abandono del Hipódromo


Mediante un comunicado de prensa se denunció un completo abandono del Hipódromo de Mar del Plata, por parte del Instituto Lotería, Casinos e Hipódromos Provincial ya que aseguran no tuvieron respuesta a las diferentes y reiterados pedidos de subvenciones destinadas a levantar la quiebra.

Ablankdemás, aseguran que centenares de familias que trabajaban en torno a la actividad, quedaron sin casa y “abandonados”, por lo que exigen al Gobierno Provincial que “cumpla con su obligación legal de salvaguardar el funcionamiento del mismo, que le impone la ley Turf 13253”.

A continuación transcribimos el comunicado:

“Se acude a  esta vía, para que SE OIGA el reclamo que pretende “despertar” la voluntad política para solucionar una crisis, cuando  están agotadas todas las gestiones previas  que concretamos a nivel Municipal y ante la Gobernación y ante los funcionarios del Instituto Lotería, Casinos e Hipódromos Provincial, y porque están “demoradas” ó “guardadas” las respuestas  administrativas en La Plata, a nuestras solicitudes que tienden a que se  cumpla la ley vigente 13.253, protectora de la actividad turfística en la Provincia de Buenos Aires.-

Estamos ante un tema de “interés provincial” y se  debe   reestablecer  el funcionamiento del Hipódromo Jardín de la Ciudad de Mar del Plata, como obliga al Gobierno Provincial,  la Ley 13253, en sus arts.29 y 30, mediante la entrega de fondos suficientes -con destino de ayuda- recaudados por el fondo específico FO.PRO.JUE. por intermedio del Instituto Provincial de Lotería, Casinos e Hipódromos, que obliga a otorgar al ente gerenciador  de cualquier Hipódromo sito en la provincia:“..(SUBVENCIONES) (para). inversiones aplicadas a infraestructura, tecnología y desarrollo comercial (y los SUBSIDIOS).se otorgarán para hacer frente a situaciones que reclamen asistencia para el cumplimiento de sus fines específicos.” . como manda la normativa precitada.-

Esta carga pública deriva de la voluntad del Legislador, que definió  como “OBJETO ESPECIAL DE INTERES PROVINCIAL”: a “…la cría de caballos Sangre Pura de Carrera, su entrenamiento y las competencias hípícas oficiales..”.-(art.1º .Ley  citada).-

Conocen los funcionarios intervinientes que en situaciones críticas, deben-prontamente-evitar el menoscabo de la actividad de cada hipódromo oficial  en la Provincia.-

Y la solución, omitida de aplicar, es muy sencilla: entregar los Fondos Legales -con tal  destino específico-,que en  magnitud recibe La Provincia por la explotación del juego.-

Es sabido que Mar del Plata, aporta en grandes cantidades de dinero al ente público “Loteria, Casinos e Hipódromos” lo que  recaudan sus Casinos y demás juegos de azar, y por ende, merecía -si tanto se declama que es el principal centro de Turismo Nacional  e Internacional de la Provincia,- una adecuada asistencia de fondos  para que no decayera  el funcionamiento del Hipódromo, y la actividad de su entorno social y laboral, hoy paralizada.-

Sin embargo, se resolvió aportar ayuda financiera a los Hipódromos de La Plata, Azul, Tandil,Bahía Blanca con evidente  olvido y postración del de Mar del Plata, en una abierta discriminación, -que atenta contra el principio de coparticipación- y pese a que en el verano acuden a la ciudad balnearia millones de habitantes de la Provincia a quienes les brindamos todos los servicios.-

Sintetizando, se  informa la crítica situación que padecen los acreedores laborales del  Jockey Club Mar del Plata, y, por secuela negativa de la quiebra de tal entidad, se hallan afectadas, también, -seriamente- centenares de familias de trabajadores dependientes de la actividad del Hipodromo, que se afincaron en el Barrio”Hipódromo”, que ellos formaron y forjaron con sus viviendas que lo circundan, donde trabajaron y -ante la desidia y la falta de ayuda legal- perdieron sus empleos, situación  de abandono que conoce el Instituto Provincial de Lotería y Casinos.-

Es necesario una directa intervención para poner fin a tal conflicto laboral y social, que padece Mar del Plata desde hace 5 años, y que, diariamente, se agrava ante la falta de propuesta  efectiva de fondos  de la Gobernación y del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, órgano de aplicación de la ley protectoria de la actividad Nº 13.253.-

Al Jockey Club, ante la falta de pago de haberes a los acreedores laborales, se le decretó la quiebra, situación crítica que es de pleno conocimiento del Instituto Provincial de Lotería, Casinos e Hipódromos, quien se presentó además, en el expediente judicial y hasta la fecha no propuso ninguna solución concreta  para allegar los fondos legales  que permitan una adecuada reactivación.-

Hace 5 años, que  Mar del Plata tiene su hipódromo cerrado, y ninguna autoridad del Instituto de Lotería y Casinos de la Provincia ha efectuado las gestiones positivas para poner fin a tal conflicto social de tan grave trascendencia en la ciudad, pese a que la ley 13.253 le impone acudir prestamente a sanear el pasivo del ente gerenciador del hipodromo, y ello se agrava porque  se utiliza -sin conocimiento ni autorización judicial – las instalaciones y la pista del Hipódromo local como entrenamiento de caballos de carrera, traídos por personas ajenas y, luego, se los traslada para participar en las reuniones oficiales en los hipódromos de Azul y Tandil, además de los escenarios hípicos de  La Plata, San Isidro y Palermo (constatado  por Diario La Capital Mar del Plata, 20-6-2009), y, tal irregularidad y menoscabo a la ciudad, se realiza -gratuitamente- sin haber pedido autorización al juez de la quiebra ni ingresando ni un solo peso a la quiebra por tal uso indebido, afectando a sus acreedores.-.

No  pudieron  desconocer los fundamentos de la Ley de Protección del Turf 13.253,que destaca el fin social que se transcribe: “…La situación imperante trae aparejado el riesgo de extinción de numerosos puestos de trabajo, a lo que el Gobierno provincial no puede permanecer ajeno, debiendo encarar las acciones que coadyuven a superar la  actual crisis.-Por tal razón corresponde se autorice al Poder Ejecutivo a disponer y reglamentar medidas conducentes a tal fin.-Cabe señalar que la Ley 11.931/97, en su artículo 1º declaró de interés provincial la cría de caballos sangre pura de carrera, por lo que ésta iniciativa resultaría complementaria de la finalidad perseguida por el legislador, en oportunidad de sancionar la misma…En consecuencia, la toma de decisiones para iniciar el camino de recuperación del turf, plantea el acercamiento a la realidad que hoy abraza la actividad, proyectando un sinceramiento de las normas que la rigen y comprometiendo al poder político a involucrarse activamente en la búsqueda de soluciones intensamente esperadas para recomponer la cadena productiva de esta industria.-Finalmente se da categoría legal al Fondo Reparador que hoy existe, generador de aportes, ello con la finalidad de posibilitar el despegue de todo este conjunto que nuclea en su seno a un elevadísimo número de trabajadores en este Estado Provincial…”.

Entendemos, que el medio legal es aplicar los arts.29 y 30 de la ley del Turf que establecen una serie de  subvenciones y subsidios obligatorios, emergentes del Fondo Provincial del Juego “destinados a atender las erogaciones que demanden las actividades hipicas y afines, atendiendo a razones de mérito, conveniencia y oportunidad” y para el desarrollo comercial e infraestructura  del Hipodromo (Arts.29 y 30 Ley 13.253) .-

A tal norma legal que así lo destina, se aúna que en el año 2010 el Estado Provincial, comunicó a la población – que por intermedio del Instituto de Lotería, Casinos e Hipódromos de la Provincia de Buenos Aires- recaudó $8.500.000.000 (Ocho Mil Quinientos Millones de Pesos) por las apuestas lúdicas obtenidas de  la  explotación de todos  los juegos en la Provincia de Buenos Aires, que- evidentemente- Mar del Plata  ha generado,- en gran parte-, tales ingresos al erario público provincial, que, en cabal y justa medida debe “volver” a la ciudad en salvaguarda de sus infraestructuras turísticas, como lo es el Hipódromo local, respetándose así el auténtico federalismo y la equitativa  distribución coparticipable de los fondos públicos recaudados”.

mlujan@mdphoy.com

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