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Fotomultas: más detalles comprometen decreto de Montenegro

El concejal Alejandro Carrancio brindó mayores detalles acerca del avance del Ejecutivo en la contratación del sistema de fotomultas y su aplicación, sorteando las instancias del Concejo Deliberante.

A continuación transcribimos lo propuesto por el edil opositor.

“Este expediente que hoy tratamos ha despertado múltiples controversias. Se viene hablando de las formas y del fondo del mismo expediente. Las cuestiones formales ya han sido expuestas con gran claridad y se ha demostrado con contundencia todas cuestiones que nos llamaron la atención y que derivaron en los hechos que fueran de público conocimiento.

Este expediente tiene un antecedente en nuestra ciudad que se celebró bajo la gestión del ex intendente Arroyo y que ineludiblemente debemos usar como parámetro comparativo con este convenio que se pretende convalidar con la Universidad Nacional de San Martín.

Como primer punto quisiera hacer una observación metodológica que es fundamental al momento de medir la estrictez con la que debemos mirar este expediente.

El Intendente Montenegro decidió celebrar un convenio con la UNSAM para evitar un proceso licitatorio. Al conveniar dos entidades públicas (como lo son el Municipio y la UNSAM) no es necesario afrontar una licitación y se puede contratar directamente, de esa forma ya este proceso nace con una maniobra de dudosa transparencia. La forma correcta hubiese sido hacer una licitación, que las empresas interesadas se presenten y luego el Municipio adjudique a la mejor oferta. Pero en vez de tomar ese camino, optó por uno mucho más oscuro. Celebrar un convenio con una Universidad que presta este servicio en sociedad con una empresa privada, en este caso con Secutrans.

De esta empresa mucho no sabemos, los funcionarios municipales se hacen los desentendidos cuando se les pregunta. Solo sabemos que va tener unos réditos inusitados si este convenio se aprueba. En el expediente no se aporta información de esta empresa, otra irregularidad que se observa en una primera mirada. Yo me pregunto, ¿Qué quiere ocultar el intendente con esto? ¿Quién es Secutrans y quienes la conforman? ¿Qué antecedentes tienen?

Nosotros hicimos un poco de investigación y se reveló que el titular de Secutrans, es el Sr. Leandro Camani, portador del DNI 27.182.642, según acta de Asamblea y Directorio del 4/4/2019 y publicada el 23/05/2019. Camani es el mismo que se filmara con su celular mientras conducía temerariamente su automóvil importado a 160 km por hora en la Avenida Libertador, donde la máxima permitida era de 60. Estas imágenes fueron subidas a su Instagram en 2017 y todavía no fueron borradas. Camani también estuvo involucrado en una causa, en donde se lo sindicaba como el artífice de una habilitación ilegal de un local bailable (denominado Beara) donde luego de un derrumbe perdieron la vida dos  jóvenes, según informara el diario La Nación con fecha 10 de septiembre de 2018. Otra irregularidad que salió en medios periodísticos arroja el inconveniente de fijar domicilio en una casilla de correo. Esto arrojó que cuando el Juzgado de Garantías N° 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, del Departamento Judicial de Dolores, debía notificarle un diligenciamiento por una denuncia de Uso de Documento Público Adulterado, no pudo hacerlo ya que Camani no pudo ser localizado. Siguiendo con la indagación a Camani, el medio Letra P, en una nota informa que Camani en el partido de Capitán Sarmiento, participó de una licitación pública en la que en la primera apertura Camani habría intentado cambiar la hoja de cotización tras ver que su competidor presentaba mejores precios.

La coincidencia con este expediente no deja de llamar la atención. En San Antonio de Areco se le rescindió el contrato a fines de 2018 por incumplimiento y en el Municipio de Escobar también estaría en conflicto, respecto al convenio directo que poseen para la provisión de semáforos y equipos de control de violación de luz roja.

Con todos estos antecedentes queda en claro por qué el Intendente hace un convenio con la Universidad y no una licitación pública.

En estas condiciones Secutrans nunca podría ganar la licitación.

Días pasados en un periódico local nos ilustraron sobre el hecho del boliche que anteriormente describimos y que Camani estaba implicado y tenía lazos con el por entonces Ministro de Seguridad de CABA, que es actualmente nuestro intendente. Ese solo hecho ameritaría una licitación para evitar cualquier malentendido, aquí pasó exactamente lo opuesto.

Algo que nos llamó la atención es que era tal la desesperación del intendente de acordar con Secutrans que, a pesar de no contar con la validación de este Honorable Cuerpo, el Departamento Ejecutivo empezó la colocación de los dispositivos en algunas zonas de nuestra en ciudad.

Al expediente le falta información, alguna muy groseras, como por ejemplo la ya mencionada falta de información de quien REALMENTE va a prestar el servicio y cuantas cámaras se van a instalar y donde. Nada dice el expediente si los dispositivos van a ser 1, 50, 200 ó 1000. Bonifatti nos dijo que en una primera etapa van a ser 50 para en el transcurso del año llegar a los 200 porque la idea es aplicar un sistema de saturación. Tampoco se dan precisiones sobre que entiende el Ejecutivo por saturación, pero imagino que será inundar la ciudad con multas para los contribuyentes.

Ahora, señora presidente, a usted le parece normal que estemos tratando este expediente en sesión y no sepamos cuantas cámaras van a implementarse. Es una vergüenza que después de meses sigamos a la deriva, es otro indicio más del descontrol de gestión a los que nos tiene acostumbrados el intendente Montenegro.

Creo que todos pensamos que la implementación del sistema de fotomultas tiene que ser pensado con carácter preventivo y no represivo, que su fin último debe ser reducir la siniestralidad y no tratar de cobrar la mayor cantidad de multas. De un estudio más profundo de este expediente nos resulta a las claras que los objetivos en este convenio están invertidos y con un agravante, el 76% del producido por este convenio no queda en las arcas municipales.

Quieren “saturar” la ciudad de infracciones, o sea, van a convertir a la ciudad en una trampa recaudatoria, que va a salir de los bolsillos de nuestros vecinos y turistas, para ir a parar en su gran mayoría a un privado del cual no tenemos casi información. Si vemos que el Municipio se queda con el 24% de los producido, la provincia con el 20% y la UNSAM con el 56%, vemos que un 76% de lo recaudado no llega a las arcas municipales.

Si se llegara a las 200 cámaras.

Recaudación estimada Mensual = $4.867.200.000.

Recaudación estimada Anual = $58.406.400.000.

Porcentaje que le corresponde al Municipio: $14.017.536.000.

Porcentaje que le corresponde a la Provincia: $11.681.280.000.

Porcentaje que le corresponde a la Universidad/Privado: $32.707.584.000.

Total que no queda en las Arcas Municipales: $44.388.864.000.

Estos números son impresionantes, como impresionante es el dinero que van a poner nuestros vecinos y nuestros turistas que no va a quedar en nuestra ciudad. Funcionarios de nuestra ciudad definieron a este convenio como virtuoso, ahora después de todo lo expuesto yo me pregunto ¿Dónde está la virtuosidad?

Ahora, ¿Dónde está el gran negocio para nuestra ciudad?

Seguramente para esta gestión este convenio represente una oportunidad para seguir nombrando personal, materia en la que son especialistas.

En conclusión, se evita una licitación que el privado detrás de la UNSAM nunca podría ganar, se propone un convenio que es mucho menos conveniente que el anterior, el convenio no se puede modificar en instancia legislativa y el 76% de lo recaudado queda fuera de la órbita municipal y nos van a meter en una trampa recaudatoria.

Además de todo esto, el día lunes próximo pasado nos enteramos que el Intendente va a implementar el convenio de fotomultas sin contar con el aval legislativo de este HCD.

Aduce que hay una modificación al art. 41 de la LOM que así lo habilitaría. Quiero leer el art. 41 reformado porque de este artículo se van a desprender varias cuestiones.

“Corresponde al Concejo autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales. Exímese de este requisito en los casos de los convenios suscriptos con los organismos de la Administración Central, desconcentrados, descentralizados. Sociedades y Empresas del Estado, tanto de la Provincia de Buenos Aires como del Estado Nacional”.

A simple vista surgen dos problemas que desarrollare individualmente:

1-Aplicación retroactiva del nuevo artículo de la LOM.

2-Falta de enumeración de las Universidades en el artículo.

Según surge del expediente el convenio se celebró el día 21 de diciembre y en la Cláusula séptima del convenio dice: “El convenio tendrá una duración de 5 años a partir de su firma…” y la modificación de la LOM bajo Ley 15.310 se promulgó el 29 de diciembre y se publicó 2 días después.

El Intendente quiere aplicar retroactivamente el artículo 41 de la LOM, cuando el principio general es el de la Irretroactividad de las Normas: “La irretroactividad es el efecto que determina que las normas no tengan efectos hacia atrás en el tiempo”. Con este postulado se garantiza que los efectos de las leyes comiencen en el momento de su entrada en vigor, o sea hacia adelante y nunca hacia atrás, con el fundamento de brindar al ordenamiento jurídico de seguridad. Para que pueda aplicarse de manera retroactiva una ley, la misma debe contener de manera explícita este efecto, sino de manera implícita es inaplicable para atrás. En ningún párrafo de esta modificación determina que va a tener efectos retroactivos, por lo que se aplica el principio general de irretroactividad. De esta forma lo explicitado por el Departamento Ejecutivo caería en un error importante.

Además, debemos recurrir a otro principio general del derecho, acá entre los concejales hay varios que somos abogados y reconoceremos estos principios que estoy enunciando. El siguiente postulado es el de que la Ley se presume conocida por todos, por ende, si la Ley 15.310 conteniendo la modificación del art. 41 de la LOM fue publicada el 31 de diciembre, desde ese día se presume conocida por todos. El Ejecutivo manda el convenio al HCD el 10 de enero de 2022, por lo que el Propio Ejecutivo por sus propios actos estaría validando la obligación de que este convenio cuente con la aprobación de este HCD. El verdadero motivo de la ilegítima maniobra que quiere aplicar ahora es por el solo motivo de que no cuenta con los consensos necesarios para su aprobación. Decir que cuenta con la mayoría y hay una maniobra para su demora es una vil MENTIRA. Es desconocer el reglamento de funcionamiento de este HCD, es OBVIAR que el expediente está en la comisión de legislación en la eterna espera de unos informes que el propio ejecutivo debe contestar y no ha hecho. Y esta omisión no es casual, es para demorar una votación que se presume adversa.

El segundo aspecto del art. 41 de la LOM que quería abordar es la falta de enumeración expresa de las Universidades en el texto del citado artículo. Según estipula la Constitución Nacional en el art. 75 inc. 19 las Universidades Nacionales son AUTARQUICAS Y AUTONOMAS, por lo que no se encontrarían incluidas en la enumeración del artículo 41. La Doctrina Argentina y el propio Estado Nacional refuerzan esta idea. El Dr. Agustín Gordillo (quizás el principal administrativista que dio nuestro país y único autor nacional que tiene sus libros como material de consulta en el Consejo de Estado Francés que es el órgano administrativo más importante del mundo) dice lo siguiente:

“La Administración Pública Nacional está integrada por los organismos de la Administración Central, los Organismos Descentralizados y las Instituciones de la Seguridad Social. *No incluye a las empresas y sociedades del Estado, las universidades nacionales y otros entes*, pero si aclara que las empresas públicas y sociedades del Estado son parte del sector público nacional no financiero, pero no de la APN. Ellas si fueron específicamente incluidas en la redacción del artículo que de querer incluir a las Universidades así lo hubiera hecho.

En la actualidad el Dr. Carlos Balbín es el autor más requerido de nuestra doctrina, y en su libro Curso de Derecho Administrativo nos dice: “las Universidades son entes autónomos y, en consecuencia: (entre otros puntos) el conflicto que se suscite entre el ejecutivo y las Universidades no es un caso interadministrativo, sino judicial. Por ende, saca a las Universidades del ámbito de la APN.

De todo esto se desprende la errónea interpretación que quiere aplicar el Ejecutivo en este caso.

La propia APN, cuando enumera en su página oficial todos los organismos pertenecientes a su esfera, omite correctamente a las Universidades.

Otra arista tiene que ver con que es de público conocimiento que la Universidad de San Martín no fabrica ni comercializa dispositivos para la implementación del sistema de fotomultas, por lo que tiene que conveniar con un privado quien es el que finalmente opera el sistema. La universidad en este caso hace las veces de pantalla (seguramente a cambio de un porcentaje de las increíbles ganancias que va a terminar teniendo Secutrans) para trampear y saltear un proceso licitatorio. Esta situación, de la necesaria participación del privado en este sistema, hace todavía más relevante la necesidad de que los concejales nos expresemos en este asunto.

Con este criterio cambiaríamos los standares de contratación municipal. Mañana quizás no haya pliego del transporte, porque una universidad se asocia a un privado transportista y convenia con la municipalidad sin licitación, sin pliego y con plazos, condiciones y cánones fijados arbitrariamente. Lo mismo podría pasar con la basura y cualquier tema que el municipio quiera. Esto es igual de ridículo y escandaloso. La Universidad debería conveniar en razón de una especificidad, no para hacer una maniobra para evitar un proceso licitatorio y fijar cláusulas casi leoninas.

Por último, también tiene otro costado esta cuestión que refuerza la necesidad de el HCD se expida ya que el sistema se va a implementar sobre espacio público y es este Concejo quien tiene la atribución para otorgar la autorización para la utilización del espacio público municipal. Este sistema requiere utilizar espacio público y que el convenio no sea refrendado por este Concejo violenta también esta cuestión.

En conclusión, aplican retroactivamente un artículo de la LOM que no prevé tal interpretación, en la nueva normativa no están expresamente incluidas las universidades, la especificidad del convenio no se relaciona con la Universidad, no se respeta que el HCD tenga la potestad de autorizar el uso del espacio público, no se hace un proceso licitatorio, hubo irregularidades con la vida legislativa del expediente, se prevén ganancias exorbitantes para un privado en perjuicio de la Municipalidad, el convenio todavía está en el HCD, etc. DONDE ESTA LA VENTAJA DE IMPLEMENTAR ESTE SISTEMA EN ESTAS CONDICIONES? POR QUE EL INTENDENTE INSISTE TANTO EN ESTE TEMA QUE HASTA DESPRECIA A ESTA CASA DEL PUEBLO Y A SUS INTEGRANTES, AL EXTREMO DE CONTRAVENIR EL SISTEMA REPRESENTATIVO CONSAGRADO CONSTITUCIONALMENTE? UN PERIODISTA ME COMENTABA AYER QUE HABIA MILLONES DE RAZONES PARA HACER TODO ESTO. QUE TRISTE QUE EN NUESTRA QUERIDA CIUDAD ESTEMOS HABLANDO DE ESTO.

Un comentario

  1. Sr. Concejal permitame felicitarlo por la claridad de sus conceptos, ante este “negociado” que quierem implementar Montenegro y sus socios de juntos.

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