Ciudad, Información General

CuidAr y Certificado Único: todo lo que necesitás saber para circular

Los exceptuados del cumplimiento de la cuarentena deberán gestionar nuevos permisos para trasladarse. La aplicación “CuidAR” será obligatoria en provincia.

Las personas exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus deberán volver a gestionar el permiso para poder circular. Así lo anunció el presidente Alberto Fernández al disponer la extensión de la cuarentena hasta el próximo 7 de junio.

La medida comprende la caducidad automática de los permisos vigentes hasta el momento.

De esta manera, las personas que tengan actualmente permisos para circular en el marco de las excepciones que se fueron disponiendo para el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, deberán gestionar nuevamente el Certificado Único Habilitante de Circulación (CUHC) a través de la aplicación CuidAR.

Esta disposición no aplica para las personas que realizan actividades, quienes serán los únicos podrán movilizarse entre la provincia de Buenos Aires y Ciudad.

En la provincia de Buenos Airesel uso de la aplicación “CuidAR” será obligatorio, según indicó el gobernador Axel Kicillof. Está disponible en Google Play y App Store.

A tener en cuenta:

– Salvo trabajadores esenciales, todos deben tramitar nuevamente el certificado único para circular

– La aplicación CuidAR será obligatoria en provincia

– El viernes 29 de mayo es el último día de vigencia de certificados que no sean el certificado único nuevo

– A partir del 30 de mayo no habrá ninguna excepción vigente para transitar sin el nuevo certificado único

– La información del formulario tiene carácter de declaración jurada. Mentir u ocultar información es un delito penal grave

– Además del certificado, se deberá completar periódicamente el autotest de la aplicación CuidAR en el celular, que también tiene carácter de declaración jurada

¿Cómo tramitar el nuevo permiso de circulación?

  • A través del sitio web argentina.gob.ar/circular donde se deberán completar nuevamente todos los datos – como nombre completo, dirección y DNI – y los motivos para solicitar el permiso.

6 Comentarios

  1. El artículo 14 de la Constitución Nacional es todo lo que necesitamos para circular.

  2. Que se metan la app en el ass.

  3. El artículo 14 de la Constitución, al que se refiere un forista, tiene en su redacción el siguiente inciso que implica una condición: “CONFORME A LAS LEYES QUE REGLAMENTEN SU EJERCICIO”. Es decir que su aplicación requiere de leyes que establezcan claramente el modo en que esos derechos se van a poder cumplir. En este momento, las leyes que lo reglamentan no son otras que el DNU presidencial que establece la existencia del aislamiento ante la pandemia. Dicho DNU tiene fuerza de ley desde que el Congreso Nacional lo aprobó como tal en las últimas sesiones y tal cual lo requiere la Constitución Nacional. Es decir que tenemos todas las libertades del artículo 14, pero reglamentadas por la ley que establece el aislamiento. No hay nada ilegal ni anticonstitucional en esto.

  4. No pienso bajarla

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