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Vialidad restringe el tránsito de camiones por cambio de quincena: ¿en qué rutas?

Son millones los argentinos que están vacacionando en la Costa Atlántica bonaerense y otros miles los que se preparan para comenzar sus vacaciones. En este contexto, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la provincia de Buenos Aires dispuso una medida preventiva con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en rutas turísticas”.

Por eso, según supo la Agencia Noticias Argentinas, el organismo que administra el ministro Gabriel Katopodis a través de la Dirección de Vialidad provincial decidió limitar el tránsito de camiones de más de siete toneladas de porte bruto.

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¿En qué días, horarios y sentidos está prohibida la circulación de camiones en rutas bonaerenses?

Por el recambio de quincena, el freno a la circulación de camiones de gran porte se debe cumplir en:

Autovía

  • Autovía 2.

Rutas provinciales

  • 11.
  • 36.
  • 56.
  • 63.
  • 74.

Autopista

  • Autopista Buenos Aires–La Plata.

Días, horarios y sentidos de circulación prohibidos al tránsito de camiones por recambio turismo

Sentido a Costa Atlántica

Jueves 15 de enero

  • De 14:00 hs a 23:59 hs.

Viernes 16 de enero

  • De 06:00 hs a 14:00 hs.

Sentido a CABA

Jueves 15 de enero

De 14:00 hs a 23:59 hs.

Rutas y tramos alcanzados por la medida de restricción a la circulación de camiones

Autopista Buenos Aires – La Plata

  • Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata.

Ruta Provincial N.º 2 (AUTOVÍA 2)

  • Desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km. 400 (Camet).

Ruta Provincial N.º 11

  • Desde intersección con RP N.º 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal).

Ruta Provincial N.º 36

  • Desde Rotonda RP N.º 10 (Prolongación Av. 66 – La Plata) hasta la intersección con RP N.º 11 (Pipinas).

Ruta Provincial N.º 56

  • Desde su intersección con la RP N.º 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP N.º 74 (Gral. Madariaga).

Ruta Provincial N.º 63

  • Desde Distribuidor de Tránsito con RP N.º 2 (Dolores) hasta intersección con RP N.º 11 (Esquina de Crotto).

Ruta Provincial N.º 74__IP__

  • Desde su intersección con la RP N.º 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP N.º 11 (Pinamar).

¿Cuáles son los vehículos exentos de la restricción a la circulación por recambio de temporada?

  • Los vehículos del autotransporte de cargas menores a SIETE (7) toneladas de porte bruto y los vehículos que a continuación se detallan:
  • Transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados.
  • Transporte de animales vivos.
  • Transporte de pescado y mariscos congelados.
  • Transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
  • Transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual.
  • De atención de emergencias.
  • De grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
  • Transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
  • Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliarias, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
  • Transporte de medicinas.
  • Transporte a depósitos finales de residuos sólidos, urbanos y/o patogénicos.
  • Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
  • Transporte de sebo, hueso y cueros.

Cuando se oponga a disposiciones que en idéntico sentido dicte la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, y/o la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de Seguridad Vial, sobre una misma vía, día y horario.

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