Ciudad, Información General

Veredas intransitables: reclama urgente reparación

El Concejal Fernando Rizzi, de la U.C.R., elevó a consideración del Concejo Deliberante un Proyecto de Comunicación mediante el cual se reclama al Departamento Ejecutivo la pronta implementación de acciones tendientes a lograr la construcción, reconstrucción y reparación de veredas para generar mayor seguridad en el tránsito peatonal y mejorar las condiciones estéticas, funcionales y de accesibilidad en el Partido de General Pueyrredón.

Ello mediante la realización de los controles e inspecciones sobre el cumplimiento de la normativa específica contemplada en el Reglamento General de Construcciones.

“El estado de un alto porcentaje de las veredas de la ciudad de Mar del Plata es deplorable, y atenta no solo contra la transitabilidad de las mismas, sino contra la seguridad de las personas que son objeto frecuentemente de caídas o accidentes que no deberían suceder”, afirmó Rizzi.

En diversos sectores de la ciudad se observa la falta de veredas reglamentarias cuya construcción está a cargo del frentista, como así también la evidente falta de mantenimiento de muchas de las ya existentes.

La construcción y mantenimiento de veredas constituyen un factor determinante para la adecuada accesibilidad y transitabilidad por parte de los todos los habitantes a los fines de garantizar principalmente la seguridad personal.

El Municipio y el propietario frentista constituyen los “guardianes” de las veredas (entendiendo como “guardián” aquel que posee la facultad de control, dirección, custodia o vigilancia sobre la cosa), pero es este último el que está obligado al mantenimiento de la acera, conforme establece el Reglamento General de Construcciones (Ordenanza N° 6997).

En efecto, el art. 3.2.12. del Reglamento General de Construcciones establece que /“Todo propietario está obligado a adecuar sus propiedades a las modalidades, condiciones y características que se establecen en el presente reglamento, debiendo mantener los cercos y aceras en buen estado de conservación”/, para luego disponer en el mismo artículo que /“En caso de incumplimiento con lo dispuesto en el presente reglamento o cuando razones de urgencia así lo aconsejaren, el Departamento Ejecutivo podrá proceder en forma directa o por contratación a la realización de los trabajos que sean necesarios, por cuenta y cargo de quien resultare responsable, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder de acuerdo al Código Contravencional Municipal”.

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