Hoy, día primero del mes de mayo, como ocurre anualmente los trabajadores de todo el mundo celebran de una forma u otra su día, que aunque recuerde que en igual fecha una inmensa tragedia se abatió sobre empleados que reclamaban por sus derechos de alguna forma constituyó las bases para que los mismos obtuvieran derechos que en esa época no eran ni siquiera soñados, por lo que no resulta raro que se tome a esta fecha como de descanso y alegría.
Sin embargo quedan todavía en el mundo países, entre los que desgraciadamente y para vergüenza de los argentinos se encuentra nuestro querido país, en que esta fecha no tiene el mismo significado para un sector de trabajadores constituido por policías y/o penitenciarios, para los cuales solamente constituye un día de profunda tristeza.
Y no se trata solamente de que no tendrán el día de descanso del que gozan los demás asalariados, sino que mucho, pero mucho más grave aún, les recuerda que para el Estado Nacional no son considerados trabajadores, es decir personas que realizan un trabajo por el cual perciben un sueldo, sino que a partir de allí se les niega también su calidad de ciudadanos plenos, a pesar de que nuestra Constitución Nacional, a la cual oportunamente juraron respetar, como asimismo los derechos que garantiza para lo que dedica la mayor parte de su trabajo, y que en su amplitud no desampara a nadie que habite este suelo, no rige con los mismos beneficios para aquellos encargados de garantizar ante los demás ciudadanos la vigencia de dichos derechos.
Ha resultado por demás lamentable el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia negando el ejercicio de ese derecho constitucional a los trabajadores policías, aunque de alguna forma no deja de ser alentador que existiera un voto dividido en que los integrantes más jóvenes votaran por la afirmativa sentando un valioso precedente para el desarrollo de las acciones futuras en que posiblemente otro fallo de otra corte, tenga en cuenta no solo nuestra Constitución Nacional, sino también lo convenios internacionales, y la recomendación de oportunidad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la necesidad de respetar el derecho sindical para los integrantes de las fuerzas policiales.
Quizás resulte necesario recordar para memoria de nuestros legisladores y de la Justicia Nacional el precepto del Consejo Europeo de Sindicatos Policiales que textualmente señala: “Una concepción arcaica de la función policial, anclada en el pasado y proveniente de regímenes autoritarios, permite reproducir el estancamiento en el proceso de atribución de los policías de los derechos y libertades propias de todos los ciudadanos de los Estados democráticos”. “Solamente aquellos que consideran al policía como la manifestación del poder ante el ciudadano y no como el poder del ciudadano, pueden juzgar al sindicalismo policial como un elemento negativo o perturbador”.
Entretanto un nuevo Día Internacional del Trabajador, no tiene en nuestro país a pesar de más de 30 años de vigencia de gobierno democrático, para policías y penitenciarios otro significado que por su trabajo en el cual tiene muchas posibilidades de dejar su salud e incluso la vida, se le niegue lo que garantiza la Constitución Nacional.
Miguel Ángel Reynoso
Secretario General, APROPOBA