Ciudad, Información General

El HCD aprobó ordenanza que busca resolver problemática de los equinos sueltos en la vía pública

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La ordenanza apunta a dar respuesta a la conflictiva que afecta a la periferia de la ciudadestableciendo la prohibición, en todo el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredón, de la presencia de equinos sueltos o que no se encuentren atados, tanto en la vía pública como en terrenos privados no cercados adecuadamente, facultando a la Subsecretaría de Seguridad conjuntamente con el Departamento de Zoonosis como órganos de aplicación.

La iniciativa legislativa del Departamento de Zoonosis recoge los aportes realizados en una mesa de trabajo y en comisiones por representantes de entidades proteccionistas como la referente de la ONG Reino Animal, Patricia Méndez, dedicada al rescate, no solo de perros, sino también de caballos, y vecinalistas de las zonas afectadas por la problemática.

El predio donde se alojarán los animales tendrá una gestión compartida entre el municipio y el organismo público o privado u ONG con la que se firme convenio. La atención sanitaria en el predio, estará a cargo del Departamento Zoonosis.

Efectuada la incautación o bien en el momento de la misma, se dará intervención al Departamento Zoonosis, con el fin de que los profesionales veterinarios inspeccionen y constaten el estado del/los animal/es incautado/s (secuestrados). Los mismos realizarán el informe correspondiente haciendo constar la presencia de marcas y señales, si existiesen, y de las características físicas del/los animal/es secuestrado/s, además de su estado sanitario, el cual se adjuntará al Acta de Secuestro. De establecerse una situación de maltrato se indicará la misma, para que el Juzgado de Faltas realice la elevación correspondiente al Fuero Penal.

Luego de labrar las actas correspondientes deberá dar intervención al Juzgado de Faltas, el que no restituirá al animal hasta que la persona que acredite la propiedad del mismo pague las tasas correspondientes al:  arreo, traslado y manutención del/los animal/es, según los montos establecidos por la normativa municipal vigente, así como cualquier gasto generado por el/los animal/es durante su estadía, todo ello sin perjuicio de las medidas que determine como procedentes la Justicia Municipal de Faltas.

El Juzgado de Faltas no restituirá al animal hasta que la persona que acredite la propiedad del mismo pague las tasas correspondientes al: arreo, traslado y manutención del/los animal/es, según los montos establecidos por la normativa municipal vigente, así como cualquier gasto generado por el/los animal/es durante su estadía, todo ello sin perjuicio de las medidas que determine como procedentes la Justicia Municipal de Faltas.

De no poder detectar al propietario en el plazo de 30 días, el Juzgado de Faltas, pondrá a disposición del Departamento Ejecutivo a los animales, quedando éste facultado a disponer de los mismos sin derecho a reclamo, recurso o indemnización alguna. Ante tal situación, el Departamento Ejecutivo podrá, entregar los animales en custodia a dependencias municipales, a entidades públicas o privadas sin fines de lucro, con fines terapéuticos, luego de la evaluación correspondiente.

Informe: Roberto Latino Rodríguez

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