Política

El Gobierno apeló el fallo que habilitó la feria judicial para tratar el DNU

blank

El Gobierno apeló este lunes el fallo de un juez de primera instancia del fuero Contencioso Administrativo Federal que habilitó la feria judicial para que se traten por separado los amparos contra el DNU que desregula la economía y calificó esa resolución como generadora de “gravedad institucional, escándalo e inseguridad jurídica” y causante de “agravio irreparable al Estado”.

“Venimos a interponer formal recurso de apelación contra la sentencia de fecha 4/1/2024 que fue notificada a esta parte en igual fecha, por causar agravio irreparable al Estado Nacional”, indica la apelación presentada por los abogados del Gobierno, dirigidos por el procurador del Tesoro de la Nación, Rodolfo Barra.

Para el Ejecutivo, la decisión del juez en lo Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico de habilitar la semana pasada la feria para que se revise el DNU impulsado por el presidente Javier Milei generó “urgencia, gravedad institucional y escándalo e inseguridad jurídica”.

“El juez de feria en lo Contencioso Administrativo ha resuelto, por fuera de los límites de su jurisdicción, en contraposición a las normas procesales y al procedimiento reglado en la Acordada 12/2016, generando un estado de inseguridad jurídica. Así afectó el derecho de defensa de esta parte y el debido proceso”, sostiene la presentación oficial.

El Gobierno también remarcó que si la Cámara de Apelaciones “no hiciera lugar a la apelación de esta representación, se mantiene la cuestión federal y la reserva de ocurrir oportunamente ante la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

El planteo apunta a que en su rol de juez de feria, Lavié Pico no puede modificar la posición del juez natural en lo Contencioso, Esteban Furnari, a quien reemplaza en la licencia estival.

Lavié Pico, la semana pasada, frenó el amparo colectivo que presentó el Observatorio del Derecho a la Ciudad y en el que se acumulaban las distintas demandas contra el decreto impulsado por el nuevo presidente. Así, el magistrado interpretó que cada expediente debía tramitarse por separado.

Para el Gobierno, la revisión del DNU “constituye una resolución arbitraria” ya que “se dictó con motivo de una apelación efectuada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y con conocimiento de la sentencia inhibitoria y la existencia de un proceso colectivo iniciado con anterioridad”. (DIB)

.

Deja un comentario