Policiales

Dos procesados por explotar a nueve ciudadanos bolivianos en una quinta de Sierra de los Padres

blankUn hombre y la madre de su esposa están acusados de sacar provecho de la situación de pobreza y vulnerabilidad de las víctimas, entre quienes tres eran menores y una de ellas se encontraba en situación migratoria irregular. Se pidió el decomiso del predio de la zona de Sierra de los Padres y una camioneta.

El testimonio de una niña de 15 años, quien logró escaparse de la quinta de la zona de Sierra de los Padres donde era explotada, abrió la investigación con intervención de la Fiscalía Federal N°2 y a cargo del Juzgado Federal N°3 de Mar del Plata. Meses después, una organización familiar fue desbaratada y otras ocho víctimas asistidas: sus dueños, ambos nacidos en el Estado Plurinacional de Bolivia, fueron procesados días atrás por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral, agravado por sacar provecho de la situación de pobreza y vulnerabilidad social y económica de las personas allí encontradas, tres de ellas menores de edad. Tras escuchar los testimonios de las víctimas y los imputados, recolectar toda la prueba y realizar una inspección ocular en el predio allanado, el juez Santiago Inchausti resolvió procesar a Toribio Jesús Gareca Gutiérrez (con prisión preventiva) y Lucrecia Arenas Baldiviezo (sin prisión preventiva por tener niños a cargo), quien es la madre de la esposa de su coimputado.

Un taxista encontró a la niña llorando en el centro de Mar del Plata y la llevó hasta la sala de salud “La Peregrina” para pedir ayuda. Lo que tenía claro era que a la “Quinta Gareca” no quería volver: contó que allí sus hermanos le habían pegado, que tenía que trabajar 14 horas diarias, limpiar la casa, cocinar y hacerse cargo del cuidado de sus sobrinos, bajo la mirada cómplice del dueño del lugar de explotación. Tenía prohibido salir, y la desobediencia le costaba agresiones y amenazas. Ella había llegado con 13 años y el anhelo de estudiar pero nunca pudo ir a la escuela.

El avance de la pesquisa derivó en varios allanamientos, entre ellos el del predio rural conocido como “Quinta Gareca” –y el predio de enfrente- ubicado a tres kilómetros de la ruta provincial 226, a la altura del kilómetro 17,7, Pasaje El Coyunco, sobre la mano que va sentido a Tandil. Allí, se encontraron ocho personas captadas en Bolivia –entre ellas dos adolescentes de 17 años, uno con una situación migratoria irregular- que vivían en precarias condiciones habitacionales y en situación de explotación.

El magistrado, además, mandó a trabar embargos sobre los bienes y dinero de los procesados por un millón de pesos y el decomiso preventivo –que garantice el reparo a las víctimas- del predio rural y de la camioneta 4×4 de los dueños de la quinta.

A su vez, dio intervención a la Defensoría General de la Nación para que se evalúe la posible representación de las víctimas, dado que “el extremo grado de vulnerabilidad que atraviesan” implica que no puedan ejercer su derecho a una eventual indemnización o reparación civil.

Por otro lado, ordenó la extracción de muestras de agua de distintos sectores de la quinta para realizar los análisis químicos que determinen si es potable o apta para el consumo humano, y la eventual presencia de agroquímicos.

Vivir y trabajar en “Quinta Gareca”

Las víctimas de este proceso estaban abocadas a realizar tareas de producción y cultivos de verduras tales como lechuga, radicheta, choclo, acelga, remolacha, repollo, verdeo. Ninguna estaba registrada, eran trabajadores en negro o clandestinos, y las jornadas laborales tenían una “extensión abusiva”, según se desprende del procesamiento, que también marca la falta de horas y días de descanso y la manipulación sin elementos de seguridad adecuados.

En este sentido, el juez reparó que más allá de que hubo víctimas que dijeron manejar sus “propios horarios” y que la mayoría no pudo brindar mayores precisiones respecto a la jornada laboral, la modalidad de pago era a través de un porcentaje de las ventas de lo producido “por lo que se desprende de sus testimonios que trabajaban durante largas jornadas, sin días de descanso, ya que su trabajo respondería a la demanda del momento”.

Tampoco, las víctimas pudieron precisar una cifra exacta o aproximada del dinero que recibían a cambio: “Es decir, desconocen en la mayoría de los casos cuánto es que ganan, indicando solamente que dependería del producido y de las ventas, siendo que les corresponde un 30  por ciento de lo que los responsables vendan”. Este monto, en todos los casos, era a compartir por grupo familiar o con otra persona, lo que resulta una remuneración “muy por debajo” de la mínima establecida por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario para la actividad, que alcanza los 10.368 pesos.

“Todos los trabajadores tienen procedencia boliviana, y previo a aceptar este trabajo se hallaban en condiciones de vulnerabilidad, atravesando una mala situación en su país de origen, hasta donde iban los imputados a ofrecerles trabajo, y el pasaje en algunos casos, mientras que en otros el costo del transporte debía ser devuelto con el fruto de su trabajo”, describió el magistrado.

Las precarias viviendas dentro del predio rural son de madera y chapa, algunas tienen colchones sostenidos con cajones de madera; las instalaciones eléctricas son a la vista inestables, la luz es escasa y no tienen ventanas ni ventilación. Estas casillas además no poseen gas natural -por lo que las víctimas utilizan garrafas que ellos mismos pagan-, mientras que el baño se encuentra afuera y no posee agua corriente, por lo que para bañarse adultos y niños extraen agua de la bomba y utilizan un balde.

El trabajador esclavizado

Es parte del auto de procesamiento parte del informe de la Organización Internación del Trabajo del 2009 titulado “El costo de la coacción”. Allí, se repara en el impacto económico de este tipo de prácticas delictivas y marca que “los costos generados en términos de sufrimiento humano”, entre los que se incluyen los ingresos dejados de percibir por las personas sometidas al trabajo forzoso en vez de estar sujetas a una relación de trabajo libre, alcanzaría en América Latina y el Caribe la suma de 3390 millones de dólares.

Más adelante, Inchausti reparó en que los explotadores recurren a trabajadores migrantes, de origen boliviano fundamentalmente, como forma de reducir el costo de la mano de obra. “Su aporte a la competitividad a favor del explotador resulta evidente: el trabajador esclavizado no tiene recursos para luchar contra la explotación, no tiene posibilidad de asociarse, sindicalizarse y presionar económicamente a la empresa, no pueden mantener una lucha contra el patrón, y a duras penas se preocupa de sobrevivir”, puntualizó.

Consentir la explotación

Si bien algunas de las víctimas manifestaron hallarse a gusto trabajando y viviendo en el predio, o querer seguir allí al menos hasta el final de temporada, a pesar de las condiciones en que se encontraban, el juez Inchausti señaló: “Sus expresiones y el consentimiento que directa o indirectamente hubieran prestado para su acogimiento en el lugar, deben ser analizados partiendo del contexto social al que pertenecen, su situación económica, cultural, administrativa, su pertenencia a la población trabajadora de origen extranjero y/o migrante, lo que los ubica entre los colectivos más vulnerables al empleo irregular y a la explotación laboral”.

Enseguida marcó que tal suerte de “voluntad”, “no implica la ausencia de indicadores de trata y reducción a la servidumbre, sino la presencia de otros elementos, como las carencias sufridas en sus lugares de origen y una situación de vulnerabilidad y desamparo extremas que, en un país y una sociedad completamente ajenas, viene a robustecer, en la víctima, la percepción de ausencia de mejores opciones de vida y su no reconocimiento de tal condición”.

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