Ciudad, Política

Compraventa de niños

Fue una de las más importantes conclusiones a las que se arribó en la 3ª Jornada de Consulta “Nuevas normativas para el procedimiento de adopción de niñas, niños y adolescentes”. La actividad, que tuvo lugar en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata, fue organizada por el Observatorio Social Legislativo de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires. 

 La Jornada contó con la participación de importantes expositores provenientes de diferentes disciplinas, quienes intervinieron en tres comisiones de trabajo. Abogados, psicólogos y trabajadores sociales, así como legisladores de distintos sectores políticos, analizaron la situación e intercambiaron ideas sobre la necesidad de reformar la legislación de fondo y de forma en materia de adopción en nuestro país y en la Provincia de Buenos Aires. La comisión N° 1, abocada al estudio de la problemática del Derecho a la no discriminación y presidida por los diputados provinciales Armando Abruza (CC), Natalia Gradaschi (CC) y Claudia Prince (FpV), concluyó que las prácticas ilegales en relación con la adopción, particularmente en lo relativo al comercio de menores, aún no han recibido un tratamiento íntegro en la legislación penal de nuestro país. El grupo de trabajo tuvo especialmente en cuenta que el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía, estatuye que todo Estado Parte adoptará medidas para que los actos y actividades definidos como “venta de niños” queden íntegramente comprendidos en la legislación penal. En consecuencia, la comisión propuso insistir con el objetivo de la Declaración elevada por la Legislatura Provincial al Congreso de la Nación para tipificar la compraventa de niñas y niños en nuestro Código Penal.

            Dicha Declaración, cuyo autor es el marplatense Armando Abruza, fue aprobada por unanimidad por la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires el 5 de noviembre de 2008. En su texto se expresa “la necesidad de que el Congreso de la Nación adopte las medidas pertinentes para que la venta de niños, entendida como todo acto o transacción en virtud del cual un niño es transferido por una persona o grupo de personas a otra a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución, quede íntegramente comprendida en la legislación penal de nuestro país”. De esta manera, se daría cumplimiento a lo establecido en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño (incorporada a nuestro bloque de constitucionalidad) aprobado por Ley Nº 25.763 y ratificado por la República Argentina el 25 de septiembre de 2003.

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