En medio de un escenario internacional de alta volatilidad en los precios de los combustibles, el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) presentó una acción de amparo colectivo para pedir la nulidad de la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, que eliminó el “Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles en Surtidor”.
La norma había sido firmada por la cartera que conduce Luis Caputo y modificó el esquema de obligaba a las petroleras a difundir los incrementos.
Hasta la entrada en vigencia de esa resolución, las empresas del sector debían informar diariamente al Estado cualquier modificación en los precios de los combustibles. Ese sistema permitía un monitoreo permanente de las variaciones en un insumo estratégico para la economía. Con la nueva normativa, esa obligación fue eliminada y reemplazada por un esquema con menor frecuencia de reporte oficial.
CEPIS sostiene que la medida del gobierno nacional implica un “apagón informativo” que deja a consumidores y sectores productivos sin herramientas adecuadas para anticipar y evaluar aumentos en un contexto de fuerte impacto inflacionario.
La organización pidió que se declare la inconstitucionalidad de la resolución y que se restablezca el sistema de información diaria
El caso tramita como amparo colectivo ante el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata, a cargo del juez Alejo Ramos Padilla. El Gobierno nacional, por su parte, confirmó oficialmente que la resolución está judicializada y convocó a potenciales afectados a presentarse en el expediente.
El planteo de CEPIS: derecho a la información y control de un insumo estratégico
Según la presentación judicial, la eliminación del sistema obligatorio vulnera el artículo 42 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho de los consumidores a una información adecuada y veraz.
Desde CEPIS argumentan que el sistema anterior permitía transparencia en la formación de precios de un insumo clave que impacta en toda la cadena económica: transporte, producción, logística y consumo masivo. La obligación de informar diariamente funcionaba como una herramienta de fiscalización estatal y de acceso público a datos relevantes.
La nueva resolución, en cambio, reduce la obligación de reporte oficial y deja en manos de las propias empresas la comunicación de los cambios de precios, principalmente a través de sus canales digitales. Para la demandante, esto implica una pérdida de control institucional y debilita la posibilidad de monitoreo ciudadano.
Además, el amparo colectivo sostiene que en un contexto de aumentos frecuentes y sensibles para la economía doméstica y productiva, la supresión del sistema diario agrava la incertidumbre y afecta tanto a consumidores como a pequeñas y medianas empresas.
La reacción del Gobierno: proceso colectivo abierto y convocatoria a interesados
Ante la judicialización del caso, el Estado Nacional–Ministerio de Economía informó oficialmente que la Resolución 717/2025 se encuentra impugnada en la causa “CEPIS c/ Poder Ejecutivo Nacional – Ministerio de Economía s/ Amparo Colectivo”.
En el comunicado, el Gobierno detalló que cualquier persona que se considere afectada o interesada puede presentarse en el expediente dentro del plazo de treinta días corridos desde la publicación oficial correspondiente. También indicó que el trámite y las resoluciones podrán consultarse en el sitio del Poder Judicial de la Nación.
El comunicado oficial no desarrolla los fundamentos de la resolución cuestionada, pero en los hechos la medida se inscribe en una política de desregulación y simplificación de obligaciones administrativas para las empresas del sector energético.
Más allá del aspecto técnico, el debate de fondo gira en torno a los límites de la desregulación en mercados de impacto local. Mientras el Gobierno avanza en la reducción de exigencias formales para las compañías, CEPIS plantea que el Estado no puede retroceder en estándares de transparencia que garantizan derechos constitucionales.
La decisión que adopte la Justicia podría sentar un precedente relevante sobre el alcance del derecho a la información económica y el rol estatal en el seguimiento de precios en sectores estratégicos.






