Política

ADEPA repudió de “modo enérgico” una denuncia penal contra periodistas

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) repudió de “modo enérgico” la denuncia penal promovida por Agustín Rossi, titular de la Agencia Federal de Inteligencia (ex SIDE), contra los periodistas Joaquín Morales Solá, Daniel Santoro y los diarios Clarín y La Nación. Es por la difusión de un pedido de informes efectuado por legisladores nacionales en el marco de posibles delitos cometidos por presuntos agentes de inteligencia.

El rechazo se enmarca en la protección de la libertad de expresión citada en la Constitución y aseguran que la persecución a periodistas y medios de comunicación es inconcebible.

Rossi sostuvo que la denuncia penal tiene que ver con la difusión de datos sobre una supuesta “mesa militar”, que daban cuenta de la existencia de un entramado en el que también vinculan al extitular del Ejército César Milani.

En ese sentido, desde el organismo que nuclea las entidades periodísticas señalaron que “el interés público y actual que presenta la información difundida por los periodistas, así como la circunstancia de constituir información emanada del propio Estado, en el marco de relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Congreso de la Nación y con motivo de la posible comisión de delitos por parte de fuerzas de seguridad, colocan a la información difundida en el uno de los ámbitos centrales de protección de la libertad de expresión consagrada en los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional”.

En ese sentido, aseguraron que “la utilización del sistema penal como forma de persecución a periodistas y medios de comunicación por la difusión de información estatal, no es concebible en un sistema democrático, respetuoso de los derechos humanos y de las garantías consagradas en el Pacto de San José de Costa Rica. La amenaza penal constituye un fuerte incentivo a la autocensura y, por ese motivo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado en forma constante su utilización”.

Quiénes pueden ser denunciados

En el mismo comunicado, ADEPA aclaró que si bien la Ley 25.520 de Inteligencia Nacional –reformada en 2015 con la ley 27.126– sanciona la difusión no permitida por autoridad competente de todo elemento secreto o confidencial, esa prohibición solo puede estar destinada a los integrantes y empleados de AFI y funcionarios públicos o particulares que acceden a ella con motivo de las funciones o tareas que desempeñan.

“El artículo 17 de la citada ley no puede imponer el secreto más allá de los funcionarios públicos o de particulares que, por razones de servicios o funciones específicas, han tomado conocimiento de información secreta, pero en modo podría sancionarse a los periodistas, cuando toman conocimiento de ellos sin haber incurrido en algún acto ilícito”, señaló el organismo.

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