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A instancias de la Defensoría del Pueblo de la Provincia , dictan medida para asegurar atención a los afiliados del IOMA.

 

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Es de  público conocimiento  los diversos inconvenientes que tienen los afiliados al IOMA para acceder  a las prestaciónes médicas  por parte  de   tres clínicas privadas de la ciudad  integrantes de FECLIBA,  desde el mes de agosto  a raíz de un conflicto por la actualización de los valores de los módulos de atención.

A instancias de la Defensoría del Pueblo de la  Provincia  de Buenos Aires, se abrió una etapa de conciliación entre las partes  cuyo vencimiento opera a la hora cero del 5 de diciembre , y en el caso de no mediar acuerdo quedarían suspendidas las prestaciones al IOMA  por parte de las clínicas involucradas en el conflicto.

En este contexto, el Defensor del Pueblo de la provincia  , Guillermo Lorenzino,  realiza  presentación contra FECLIBA  , entidad que nuclea  a todas las clínicas  de la Provincia de Buenos Aires y que incluye a las Clínicas Pueyrredón,  Cólon y 25 de mayo de la ciudad de Mar del Plata,  en el conflicto con IOMA por incumplimientos recíprocos,  por la cual se dicta  por parte del Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de la Plata,  medida precautelar de no innovar contra las demandadas,  a través de la cual se garantiza a los afiliados del IOMA,  las coberturas correspondientes a los servicios, la atención , consulta médica y/o toda otra prestación de las clínicas conforme al convenio FECLIBA-IOMA .

Esta medida precautelar,  tiene como antecedente una acción preventiva de daños por la cual se pretende prevenir el riesgo de daño en la salud  de los afiliados y afiliadas de IOMA ante el incumplimiento recíproco del Convenio entre IOMA Y  FECLIBA.

Dicha acción , resalta que la interrupción del convenio existente generaría un grave perjuicio a la salud (e incluso la vida), de los afiliados del IOMA, que en su mayoría son pacientes con alto grado de vulnerabilidad, como discapacitados, ancianos, niños, niñas y adolescentes con cuadros complejos, a los cuales se les está afectando en forma actual su efectivo goce del derecho a la salud, con peligro de agravamiento del daño.

La medida precauterlar se encontrará vigente,  hasta tanto  las demandadas acompañen  una serie de informes requeridos  acerca de los antecedentes y fundamentos de los hechos expuestos , relacionados principalmente con el cumplimiento y estado actual del convenio entre IOMA, FECLIBA y las clínicas anteriormente señaladas y se revuelva la medida cautelar solicitada.

 

 

 

 

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