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Mar del Plata con una gestión fantasma que gobierna de espaldas a la ciudad

Falta de “profesionalidad y capacidad de gestión”: dos atributos personales que no se conocen en la estructura jerárquica de los funcionarios del Municipio de Gral. Pueyrredón. Nadie puede sentirse agraviado por esta afirmación por cuanto, como dice el refrán la “verdad no duele”.

Además, es importante, frente a la lamentable realidad urbana que viven los habitantes de esta hermosa ciudad, es bueno recordarle a los funcionarios públicos la siguiente máxima de nuestro célebre general José de San Martín: “La Soberbia es una discapacidad que suele afectar a Pobres Infelices Mortales que se encuentran de golpe con una miserable cuota de Poder”

Una tolerante reflexión sobre el tiempo de permanencia de los incapaces en la función pública no nos permitiría decir: qué bueno, su permanencia será por poco tiempo; ya vendrán tiempo mejores y funcionarios probos.

Pero la realidad que vive nuestra comunidad en los últimos años es otra: el abogado que asumió como Intendente en el año 2019 y fue reelecto en el 2023, se rodeó de un grupo de hábiles colaboradores que armaron de manera eficiente una serie de “negocios”, utilizando, como argumento respaldatorio que el objetivo era en “pro” de asegurar el crecimiento del turismo; garantizar la actividad gastronómica durante la pandemia, como así también lograr recursos económicos destinados al mantenimiento de la red vial urbana.

Ha sido así como crecieron de manera importante centros de actividad nocturna, en correspondencia con importantes balnearios localizados en el frente marítimo de Mar del Plata.

También, frente al fuerte impacto estuvo la pandemia, se motorizó dentro del área de movilidad urbana, a cargo de un profesional de la ingeniería, con antecedentes de haber realizado alguna maestría, en Barcelona, sobre infraestructura vial; un plan de movilidad urbana que alteró sustancialmente la capacidad del sistema vial urbano de la ciudad, mediante la introducción de los llamados “decks”, ejecutados, con carácter temporario como expansión sobre las aceras y calzadas de los locales comerciales en materia gastronómica.

Se ignoró que la ocupación de la vía pública, es decir la calzada, constituye una violación a la Ley 24449 Nacional de Tránsito y consecuentemente a la Ley 13927, de adhesión de la provincia de Buenos Aires a la mencionada ley nacional. Obviamente, como consta en los antecedentes jurídicos correspondientes las autorizaciones eran temporarias mientras durase la problemática pandemia.

 

Pero la realidad fue otra, no sólo vinieron para quedarse sino que se continúa con las autorizaciones, violatorias de la ley en distintas calles de la ciudad. Es obvio, que el crecimiento urbano de Mar de Plata trae aparejado un fuerte incremento del tránsito vehicular que se ve afectado como se señalará por los mencionados decks, reduciendo consecuentemente la capacidad de evacuación de vehículos del sistema vial y con ello generando congestión urbana que tiene un alto costo social.

Fue así como el Intendente-abogado implementó y fortaleció el sistema de fotomultas como instrumento meramente recaudatorio ( a pesar de haber anunciado lo contrario) apoyándose en un cuestionado convenio con la Universidad de San Martin, donde su funcionario colaborador del Area de Movilidad Urbana se desempeñaba como profesor. Como si esto fuera poco, había que recaudar más y se implementó la tasa al consumo de combustible.  Acto juridico este, que fue observado por la Contaduría General de la Provincia.

En el marco del escenario expuesto tenemos de manera cotidiana y en especial cuando la ciudad sufre fuertes tormentas con lluvia y vientos los siguientes problemas:

  1. El área de servicios urbanos o no tiene capacidad operativa para llevar a cabo una gestión compatible con su misión o sufre de una ineficiencia crónica. En efecto, es común apreciar que en algunos puntos de la ciudad hay acumulación por no decir basurales en plena vía pública. Asimismo, los restos de poda y de basura por la falta de recolección de en tiempo y forma, en días de lluvia, es arrastrada por la corriente de agua provocando obstrucciones en el sistema de sumideros pluviales.
  1. En Leandro N Alem, entre avda. Paso y Juan B Justo, tramo donde el estacionamiento está prohibido, existe falta de señalización horizontal, marcando los carriles por dirección de tránsito, No se realiza ningún tipo de fiscalización por personal de tránsito, pero sí, se ha instalado un equipo “caza- bobos” de foto multas para lo cual se ha fijado una velocidad máxima de 40 kms-hora.
  1. Para evidenciar el impacto en la libre circulación producida por normas absurdas de regulación de tránsito consecuencia de la instalación de los denominados decks en la vía pública, se muestran fotos de la detención de vehículos en doble fila, violando la ley de tránsito y de la operación de carga y descarga de mercadería, ocupando la calzada, obstruyendo consecuentemente, la circulación de vehículos privados y la operación de ascenso y descenso de pasajeros del transporte público.
  1. Caída, con el consiguiente riesgo para la seguridad pública de columnas de semáforos como consecuencia de la falta de un adecuado mantenimiento. No cabe duda el sistema de señalización luminosa para el tránsito adolece de una importante falta de mantenimiento. Es común, ver luminarias deterioradas; ópticas sucias con lámparas quemadas y como si esto fuera poco, también existe el problema de caida de columnas como lo ocurrido en Avda Independencia y 11 de Setiembre y en Sgo. del Estero y Belgrano entre otros innumerables casos .
  2. Atento a que la caída, tanto de columnas de semáforos como de alumbrado, constituye un serio riesgo para la seguridad pública y el problema está originado en que dichas columnas por ser de hierro negro y estar sometidas a una atmósfera marina, con importante contenido de salitre, tienen una vida útil inferior a lo esperado en condiciones ambientales óptimas. Para prevenir y garantizar una duración razonable, es bueno recordar que se hace necesario que las columnas y artefactos instalados en áreas con una condición climática adversa, además de un severo control y mantenimiento periódico, sean sometidas, previo a su instalación, a un proceso de zincado, en caliente (galvanizado por inmersión). De esta manera puede lograrse una vida útil entre 20 y 50 años.

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