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Vieja Terminal:son nulas la ordenanza y la licitación;desacato

Así lo manifiesta el doctor Eduardo Andriotti Romanín, uno de los impulsores de la denuncia ante la justicia, que alertó sobre las consecuencias de una cadena de irregularidades, que se fueron verificando con el transcurso del trámite administrativo.

Consultado Romanín sobre las declaraciones del concejal Héctor Rosso, quien insistió sobre la validez del pliego del llamado a licitación, Romanín fue categórico afirmando que a partir del fallo de Simón Isaach, se ha caído todo el proceso que tuvo al Departamento Ejecutivo como instrumentador de una diligencia cargada de vicios e influencias nocivas sobre el trámite, como fue adelantado reiteradamente por mdphoy.com

Dice Romanín que Rosso se ponchó:

“Los  venezolanos califican  así a los jugadores de béisbol, que cometen errores gruesos al punto de impedir que su equipo gane un juego. Igual se podría decir en nuestro país de aquellos que teniendo una profesión y/o especialización  determinada, emiten opiniones o juicios dignos de un analfabeto estructural, reflejando una supina ignorancia en aquellas materias que por tarea debería conocer en detalle. Se les dice, por ejemplo, animales a los médicos que ofrecen curar una hepatitis B, con un jarabe cuya base sea el alcohol etílico, o los ingenieros civiles que pretenden construir una torre de 30 pisos en un terreno de base arenosa. Se ponchan y con ello ponen en peligro a terceros que confiando en sus artes, ponen en sus manos importantes valores individuales o sociales”.

 “Y eso, no más ni menos, es lo que ocurre con el concejal abogado Héctor Rosso cuando afirma que el fallo judicial que declara la nulidad de la Resolución Municipal que otorgó a Emprendimientos SA el carácter de Iniciador Privado en el tema de la ex Terminal, no influye para nada en el llamado a licitación que se hace desde el H. C. Deliberante.” Son dos temas distintos, ajenos entre si, que para nada se interfieren y que por lo tanto no impiden el llamado a licitación para la construcción del nuevo Predio”.

“Hay que respetar la división de Poderes, sostuvo el edil-abogado al rechazar de plano que lo dispuesto por el Juez Isaach, pudiese influir en la decisión del Concejo. Para justificar su postura, el concejal abogado sostiene que el Ejecutivo Municipal adecuó, reformó y ajustó todo su texto a lo que requería la Ley de Donación y consagró expresamente el carácter CULTURAL  del emprendimiento. Todo lo que había sido denunciado por organismos de defensa del Patrimonio Municipal o por presentaciones judiciales, fue tenido en cuenta al elaborar el nuevo Pliego de Bases y

Condiciones, de manera que las objeciones que le hace Isaach al llamado, mal pueden ser tenidas en cuenta. En otras palabras, lo que nos dice el Juez ya lo hicimos y ajustamos el pliego a lo que la ley pedía”.

“Error grave el del edil-abogado, que demuestra que ni siquiera se tomó el trabajo de leer el fallo. Lo que el juez manifiesta para decidir la nulidad del llamado licitatorio es otra cosa. Es mucho más profundo  el juez cuando refiere a la falta de cláusulas innovativas en el llamado a iniciativas Privadas para LA CONSTRUCCION DEL PREDIO. No se justifica UTILIZAR EL PROCEDIMIENTO DE INICIATIVAS PRIVADAS si no se invocan realidades novedosas mediante propuestas innovadoras, que legitimen los privilegios que otorga la ley de iniciativas privadas a quien resulta beneficiado como INICIADOR (en este caso Don Aldrey)”.

“Sólo con propuestas novedosas cabe aplicar el Instituto jurídico invocado. Y en caso ese supuesto no se da bajo ningún aspecto. Lo que debió hacerse es llamar a una transparente Licitación o de lo contrario hacerse cargo el Estado Municipal de la construcción del predio lo que a nuestro criterio era lo mas aconsejable-Rosso se Poncho porque no leyó el fallo. Salió a opinar sobre otro supuesto y quedo fuera de las bases”.

“Creyó el edil que el juez se refería a una simple indigestión, cuando el Magistrado hablaba de una Hepatitis B. ¨Por eso sus recetas son erróneas al decir que el HCD puede votar una Ordenanza que consagra Iniciador  a quien por ley no puede tener tal carácter. ES NULO EL LLAMADO Y POR LO TANTO ES NULA LA ORDENANZA QUE LO CONSAGRA. Una mera  lección de primer año de Derecho nos habla de la División de Poderes y de la obligación del Administrador de acatar los fallos del Poder Judicial. Si el Juez Isaach dice que es NULO el acto del Ejecutivo Municipal que consagra a EMPRENDIMIENTOS TERMINAL SA como Iniciador Privado, nunca puede ser válida la norma que estipula las condiciones a las que se debe ajustar el INICIADOR. No hay iniciativa privada, Rosso se poncho por no leer el fallo. Lo contrario seria utilizar la ley de Iniciativa para privatizar lo público

¿Querrán eso, Rosso y los demás ediles ?

 Cabe por último recordar que las circunstanciales mayorías legislativas, NUNCA pueden suplantar la fuerza y legitimidad de una resolución  Judicial que si no se comparte SE APELA pero que NUNCA SE DESACATA.

Doctor Eduardo Romanín

Presidente del PASO en Proyecto Sur

Un comentario

  1. Por fin alguien no le tiene miedo a don Aldrey!!!
    hay que cuidar el patrimonio y no regalarlo…

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