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Tandil: Lunghi firmó el Decreto para la apertura de hoteles y cabañas

Quienes abran sus puertas para recibir a trabajadores esenciales, deberán inscribirse en la Dirección de Turismo.

El intendente Miguel Lunghi firmó el Decreto mediante el cual pueden volver a funcionar los alojamientos de la ciudad, aunque se deja establecido que “únicamente podrán prestar el servicio a personas que desarrollen actividades esenciales”.

En el mismo, queda establecido que tampoco estarán habilitados a abrir sus puertas los establecimientos que brinden alojamiento por hora.

El artículo primero, indica: “Dispóngase a partir del 02 de junio de 2020, y hasta el dictado de un nuevo acto administrativo, la reanudación de la habilitación comercial para el funcionamiento de aquellos establecimientos que se inscriban ante la Dirección de Turismo dependiente de la Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales, con la finalidad de prestar el servicio de alojamiento destinado a personas que desarrollen actividades esenciales establecidas según el marco normativo actual y el que en el futuro se dicte”.

El mismo también da cuenta que “en ningún caso el alojamiento podrá tener una finalidad turística y/o recreativa. No se encuentran comprendidos en el presente decreto, los establecimientos que tenga por objeto la prestación del servicio de alojamiento por hora”.

El segundo artículo, da cuenta que “los establecimientos mencionados en el artículo precedente deberán proveer a la totalidad de sus trabajadores de los elementos de seguridad e higiene destinados a la prevención de contagio de Covid19, y seguir los protocolos y lineamientos del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, como así también los que ponga en su conocimiento la Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales”.

Más adelante da cuenta que “la autoridad de aplicación del presente acto administrativo será la Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales con colaboración de la Dirección General de Inspección y Habilitaciones”.

Queda establecido que “el incumplimiento de lo establecido en este Decreto dará lugar a la aplicación de las consecuencias previstas por el marco normativo respectivo”.

Si bien no figura en el Decreto, cada establecimiento deberá llenar una planilla con los nombres de los pasajeros ingresantes y los motivos de la estadía. En caso que algunos de ellos procedan de Capital Federal o Gran Buenos Aires, deberá realizar la cuarentena.

Fuente: El Diario de Tandil

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