Política

Revisarán la evolución del patrimonio de algunos fiscales bonaerenses

Cambios y un mayor control. En especial, para verificar el patrimonio de aquellos que se dedican a administrar justicia en la provincia de Buenos Aires. El desembarco, desde fines de diciembre, de Julio Conte Grand como flamante procurador bonaerense, en reemplazo de la quilmeña María del Carmen Falbo, ya trajo aparejada una novedad para el mundo judicial: la nueva gestión revisará el patrimonio de los funcionarios judiciales de alto rango, desde fiscales generales hasta defensores oficiales.

Fernández Garello, uno de los generales de Falbo, con el poder intacto

Se trata de una medida casi calcada a la que inició María Eugenia Vidal cuando, por decreto, en abril del año pasado obligó tanto a las altas jerarquías de la Policía Bonaerense como al Servicio Penitencario, así como a su gabinete entero, a presentar sus declaraciones juradas en la Escribanía General de la Provincia.

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En concreto, fuentes bonaerense adelantaron al medio Perfil que en las próximas semanas se avanzará en una reformulación de la presentación de declaraciones juradas. “Queremos analizar y examinar cuál es la información que consta allí y hacer un seguimiento que permita entender la evolución patrimonial de los funcionarios judiciales”, cuentan cerca de Conte Grand. “No alcanza con la presentación de las DD.JJ. cada tanto, sino que hay que analizar qué pasó en el tiempo con cada una de ellas”, agregaron las fuentes.

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Hoy, los funcionarios judiciales tienen obligación de presentar las DD.JJ. pero no se estudia su evolución ni se entrecruzan esos datos con otras bases como los sistemas fiscales, bancarios o aquellos que tienen información sensible, como los registros de propiedad inmobiliaria y automotriz.

“Hay que estudiar qué pasó con el patrimonio de los funcionarios judiciales”, confiaron en La Plata ¿Cuál es la hipótesis? Que algunos de ellos, vinculados a mafias como el narcotráfico, hayan incrementado su patrimonio de manera exponencial y que esas DD.JJ. duerman en un archivo del Palacio de Justicia, en calle 13 entre 47 y 48.

Fernández Garello: “No tengo nada que ver con el espionaje que señalan”

La Procuración bonaerense tiene un presupuesto de $ 7.200 millones, y en ella trabajan casi 8 mil personas, divididas en tres grandes áreas de 19 departamentos judiciales: fiscalías, asesorías generales y defensorías.

En la mira. En este marco, hay cinco fiscales generales en la mira. De ellos, uno ya fue apartado.

*Fabián Fernández Garello, de Mar del Plata. Fue denunciado por la Comisión Provincial por la Memoria por su presunta participación en acciones de espionaje político y gremial, además de su infiltración en organismos de derechos humanos durante la última dictadura.

*Federico Nieva Woodgate, de Morón. Se lo investiga por su desempeño durante la última dictadura. La presentación fue efectuada por Adolfo Pérez Esquivel en su carácter de presidente de la Fundación Servicio de Paz y Justicia.

*Pablo Merola, de Mercedes. Desde la Comisión Directiva de la Asociación Judicial Bonaerense lo denunciaron por haber despedido “sin mediar razón”.

*Enrique Ferrari, de Lomas de Zamora. En el Palacio de Justicia de la Provincia no confían en él. Algunas fuentes aseguran que suele estar armado y que no es sencillo el trato con él.

*Julio Novo, de San Isidro. Fue apartado de su cargo y procesado por encubrir el “narcotráfico internacional”.

Un comentario

  1. blank Mario Luis BELLI.

    MDP, Martes 10/01/17.
    “TODOS SUS HABITANTES SON IGUALES ANTE LA LEY,…”
    (C.N. Art. 16).

    “Derecho a la igualdad y medidas de acción positiva
    II.- El derecho a la Igualdad: rol del Estado y de la sociedad.

    Como enseña Bidart Campos (1), todos los seres humanos participamos de una igualdad elemental de status en cuanto personas jurídicas.

    Este es el concepto básico de la llamada “igualdad civil”, que consiste en eliminar discriminaciones arbitrarias entre las personas.

    Pero al encarar el tema de la igualdad, es bueno tener en cuenta una doble dimensión de los seres humanos (2):

    -como personas, es decir como entes racionales, en su esencia: somos todos iguales;

    -como individuos, es decir como unidades dotadas de específicas cualidades psíquicas, físicas y morales, no somos todos iguales En consecuencia es que un buen concepto de igualdad supone respetar tanto las similitudes esenciales como también las diferencias accidentales.

    Esta distinción es fundamental para elaborar una teoría de la igualdad constitucional. Y dentro de este concepto de igualdad constitucional referido, es que la doctrina ha incluido el “derecho a la diferencia” o “derecho a ser diferente”: que exige que a cada ser humano se le respete y se le preserve lo que hay en él de diferente respecto de los demás; ya que la dignidad del ser humano radica precisamente en que no existen dos personas idénticas.

    También se encuentra aquí involucrado el concepto de libertad, ya que el respeto de la libertad no significa solamente quedar libre de impedimentos para ejercerla, sino además contar con ayudas y prestaciones que faciliten el acceso cuando el sujeto carezca de medios propios. Cuando los ordenamientos jurídicos contemporáneos reconocen el derecho a la libertad, se entiende que ésta se efectiviza no solo a través de omisiones, sino también de acciones.

    Y de esta manera, promoviéndose la distribución razonablemente igualitaria de la libertad, arribamos nuevamente al principio de igualdad.

    Y, reiteramos, esta igualdad a la que debemos aspirar no es simplemente la ausencia de discriminaciones arbitrarias. Es eso, más una igualdad de oportunidades, es decir una igualdad real de posibilidades que efectivamente se hallen al alcance de todos, y especialmente de los menos favorecidos, que son siempre quienes más bloqueado tienen su real acceso a los derechos.

    En consecuencia de lo hasta aquí expuesto, es que se afirma que no corresponde al Estado un rol pasivo para garantizar el derecho a la igualdad, sino que debe tener una posición activa. Esto actualmente se encuentra reconocido en diferentes constituciones del mundo (3),en Declaraciones, Tratados Internacionales, y en nuestra propia Constitución Nacional. Por lo tanto hoy en día no cabe duda de que el Estado debe remover los obstáculos de cualquier naturaleza que traben o impidan una real vigencia sociológica de los derechos humanos.”

    por AGUSTINA PALACIOS
    Diciembre de 2000
    REVISTA QUORUM
    REVISTA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE MAR DEL PLATA
    Id SAIJ: DACF010005

    FUENTE:
    S.A.I.J. Sistema Argentino de Información Jurídica – Dirección Nacional. Secretaria de Planificación Estratégica.
    MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

    http://www.saij.gob.ar/agustina-palacios-derecho-igualdad-medidas-accion-positiva-dacf010005-2000-12/123456789-0abc-defg5000-10fcanirtcod

    Mario Luis BELLI.
    (D.N.I.:14.393.379).
    JUBILADO “ACTIVO” DE O.S.S.E.

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