Política

Repudian la prisión domiciliaria del asesino de Mario Amaya

Por iniciativa del Concejal Mario Rodríguez, y luego de una cuestión previa al respecto, concejales de diferentes bloques coincidieron en la presentación de un proyecto de resolución por medio del cual “El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon expresa su más enérgico repudio al fallo de la Cámara Federal de Casación que otorgó la prisión domiciliaria al represor Jorge Osvaldo Steding, condenado por el secuestro y muerte del dirigente radical Mario Abel Amaya, entre otros crímenes de lesa humanidad”.

Dicha resolución fue aprobada por unanimidad, con el voto a favor de los bloques: Unión Cívica Radical, Unidad Ciudadana, Acción Marplatense, 1País/Frente Renovador, Coalición Cívica y Sumar; y la abstención del bloque Agrupación Atlántica/PRO.

Mario Rodríguez, Presidente del Comité local de la UCR, manifestó su beneplácito por esta decisión del cuerpo legislativo. “Desde este Concejo Deliberante, así como lo hicimos con el caso Etchecolatz, hemos dado una demostración de rechazo a esta decisión de la Cámara Federal de Casación, que abre las puertas para que cualquier represor que cumpla 70 años automáticamente pueda transitar libremente por el país, sin tener que pagar en la cárcel las atrocidades cometidas. En el caso de Jorge Steding no hay ningún justificativo de tipo humanitario porque Steding está absolutamente bien de salud, no tiene ningún problema que le complique su estadía en la cárcel. Solamente el hecho de cumplir 70 años para algunos jueces de la República garantiza a represores y asesinos la posibilidad de irse a su casa en una decisión absolutamente cargada de impunidad”.

La Cámara Federal de Casación Penal concedió la prisión domiciliaria al represor Jorge Osvaldo Steding, condenado a 17 años de cárcel por el secuestro ilegal, las torturas y la muerte del diputado (1973-1976) y dirigente de la UCR Mario Abel Amaya, quien fue secuestrado en agosto de 1976, junto con el ex Senador Nacional y diplomático radical Hipólito Solari Yrigoyen. Poco antes de su deceso, Amaya fue “legalizado” por la dictadura y trasladado en calidad de detenido a un hospital porteño, donde su madre no pudo reconocerlo porque estaba desfigurado por la tortura recibida, y murió a causa de los tormentos a los que fue sometido.

El fallo de la Cámara Federal de Casación le habilita a Steding el cumplimiento de la pena desde su hogar. En el voto mayoritario, los camaristas Carlos Mahiques (ex Ministro de Justicia del actual gobierno provincial) y Eduardo Riggi consideraron “razones humanitarias” para otorgar el beneficio e invocaron un antecedente de la Corte Suprema, “Felipe Alespeiti”, en el que el máximo tribunal concedió la domiciliaria a otro represor. Pero en aquel caso, el beneficiado fue un condenado de 85 años de edad con gravísimos problemas de salud. No es el caso de Steding. No padece una enfermedad terminal, puede valerse por sí mismo y no requiere la asistencia de terceros para sobrellevar su vida. Sus problemas de salud son menores: lumbalgia, hipertensión e hipoacusia. La tercera jueza, Liliana Catucci, se había inclinado por pedir nuevos estudios médicos para corroborar si efectivamente deben considerarse razones humanitarias.

Además de otorgarle este cuestionado beneficio a un represor condenado a 17 años de cárcel en 2013, esta decisión configura un antecedente peligroso: que los represores que hayan cumplido 70 años de edad, sin más requisito que ese, puedan cumplir sus condenas por delitos de lesa humanidad en sus casas.

Es oportuno recordar que Steding cumplió apenas dos años y medio de su condena en la cárcel. A través de distintas maniobras, ya gozó de la prisión domiciliaria.

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