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Qué se puede hacer y qué no en ésta nueva fase de la cuarentena

El Gobierno dispuso la extensión de la cuarentena a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia publicado este sábado en el Boletín Oficial y que detalla en siete puntos cuáles serán las habilitaciones y las prohibiciones de la nueva etapa de aislamiento.

El presidente Alberto Fernández anunció la nueva fase de la cuarentena en el marco de la pandemia de coronavirus a la que denominó de “reapertura progresiva” y que implicará una flexibilización en varios puntos del país, excepto el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que se publicó en el Boletín Oficial a primera hora del sábado, y que oficializa el inicio de la fase 4 de aislamiento social, preventivo y obligatorio tiene siete puntos que detallan las prohibiciones y habilitaciones respectivas.

1. Se prorroga el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el domingo 24 de mayo inclusive.

2. Prohibiciones generales:

-Dictado de clases presenciales.

-Eventos públicos y privados (sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos).

-Centros comerciales.

-Cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes.

-Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.

-Actividades turísticas, aperturas de parques y plazas.

 

3.  Las fronteras continúan cerradas.

 

4. Continúan dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo los mayores de 60 años, las embarazadas y las personas en los grupos de riesgo.

 

5. Se habilitan las siguientes ramas industriales, sin uso de transporte público:

-Automotriz y autopartes.

-Electrónica y electrodomésticos.

-Textil, calzado e indumentaria.

-Productos de tabaco.

-Metalurgia, maquinaria y equipos.

-Gráfica, ediciones e impresiones.

-Madera y mueble.

-Juguetes.

-Laboratorios farmacéuticos.

-Química y petroquímica.

-Fabricación de motocicletas y bicicletas.

-Fabricación de neumáticos.

 

6. Los gobernadores y las gobernadoras (excepto AMBA) podrán decidir excepciones teniendo en cuenta los criterios establecidos por el Ministerio de Salud de la Nación.

 

7. El Área Metropolitana de Buenos Aires continúa con las restricciones del Aislamiento y las excepciones deberán ser requeridas al Jefe de Gabinete de la Nación.

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