Ciudad, Información General

Reglamentación especial para las bicimotos

En rigor, la iniciativa del edil significa que la propuesta se incluya en la norma que ya se ocupa del tránsito en general en nuestra jurisdicción. Asimismo, el citado proyecto incluye un Anexo I denominado “Disposiciones especiales para el tránsito con bicimotos”.

Cirese remarcó que “la Ley de Tránsito -tanto nacional como provincial-, establece derechos y obligaciones básicamente para los vehículos de gran porte. Son muy pocos los artículos dedicados a los vehículos de tracción a sangre, a las denominadas motos de baja cilindrada y a las cada vez más populares bicimotos, cuyas cilindradas no superan los 48 centímetros cúbicos”.

“Este proyecto no es más que un complemento a la Ordenanza 4049 –explicó- y a las ya anteriormente mencionadas leyes Provincial y Nacional de Tránsito existentes, donde se enfatizan claramente, obligaciones básicas para las motos de baja cilindrada o las denominadas bicimotos”.

“Muchas veces se cae en el grave error de pensar que bicicletas, bicimotos o ciclomotores no deben tener reglas tan estrictas de circulación, por ser estos transportes informales, en algunos casos o muy pequeños en otros, como para considerarlos en las leyes o normas de tránsito”, agregó.

“Por eso, esta norma pretende justamente jerarquizar las normas vinculadas a este tipo de transporte –me refiero a las bicimotos-, ya que a través de una reglamentación complementaria, se podrá controlar más aún, a aquellos que decidan circular por nuestras calles y avenidas en  estos vehículos, protegiendo así su seguridad personal y la de los otros conductores y los peatones”, remarcó el concejal.

“Estamos así en sintonía con la tarea que lleva adelante el Estado Municipal, mediante importantes esfuerzos y campañas de prevención, educación y concientización destinadas a mejorar la circulación vial y a preservar la integridad física de la población”, destacó Cirese.

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