Fueron habilitadas una serie de actividades en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón (Mar del Plata), Vicente López, Avellaneda, Esteban Echeverría, Hurlingham, Luján y Morón, y en la provincia de Mendoza.
Del mismo modo, la parte administrativa de las mutuales de salud y obras sociales, así como también ese sector de clubes deportivos.
Tanto en las excepciones de la provincia de Buenos Aires como en las de Mendoza, se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiera, y los modos de trabajo y de traslado que aseguren las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del coronavirus.
Además, según establece la norma de Jefatura de Gabinete, los empleadores “deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de los trabajadores y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros”.
También se aclara que “las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades, servicios o profesiones” por las decisiones administrativas “deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Covid 19.
Finalmente, indica que quienes concurran a los establecimientos habilitados “deberán circular con la constancia del turno otorgado para su atención, cuando corresponda, o desplazarse a establecimientos de cercanía al domicilio”.