Se trata de una “licencia exepcional” para que den cumplimiento a los protocolos recomendados por el Ministerio de Salud de la Nación y de la Provincia.
Según consta en la norma, la medida alcanza a todos los regimenes estatutarios y busca que se cumplan “las previsiones sanitarias establecidas en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación y del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires”.
La licencia dura 14 días corridos y no afectará “la percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o convenio le correspondiere percibir a la persona trabajadora”.
Tampoco puede computarse “a ningún otro tipo de licencia establecida normativamente o por convenio y que pudieran corresponder al uso y goce de la trabajadora o del trabajador”.
El decreto del Gobierno invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Municipios de la provincia de Buenos Aires a adherir y faculta “a las/os Ministras/os Secretarias/os en los Departamentos de Salud, de Trabajo y de Jefatura de Gabinete de Ministros a dictar las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias del presente, en el marco de sus respectivas competencias, en forma individual o conjunta”.