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La Corte bonaerense freno ley para limitar excarcelaciones

El máximo tribunal provincial suspendió los efectos de la norma que agrava las condiciones de liberación en casos de portación ilegítima de armas de fuego, a raíz de una demanda de inconstitucionalidad presentada por varios organismos y hasta el dictado de sentencia definitiva

La Suprema Corte de Justicia  bonaerense frenó la aplicación de un ley impulsada por el gobernador  Daniel Scioli que limitaba las excarcelaciones en casos de  portación ilegítima de armas de fuego.

Así lo dispuso en una acordada el máximo tribunal de Justicia  bonaerense, en el marco de una demanda de inconstitucionalidad   que presentaron diversos organismos, entre ellos  la Comisión por la Memoria y el Centro de Estudios Legales y  Sociales (CELS), luego de que el Ejecutivo la promulgara a principio  de mes.

Como medida cautelar, la Corte bonaerense resolvió suspender  los efectos de la ley 14.434 -modificatoria del artículo 171 del  Código Procesal Penal- hasta que se dicte una sentencia definitiva.

La Corte bonaerense hizo lugar al freno de la ley porque su  aplicación podría resultar “contrarias a derechos y garantías  reconocidos por las constituciones de la Nación y la Provincia y  diversos tratados internacionales de rango constitucional”, según fuentes  del ámbito judicial.

La decisión, aprobada por todos los magistrados -con excepción  de Daniel Soria, que se encuentra de licencia-, se basa en el  fallo del caso Verbitsky y en la Constitución provincial, que en su  artículo 21 consagra como regla esencial que “podrá ser excarcelada o  eximida de prisión la persona que diere caución o fianza  suficiente”.

La ley había sido sancionada el 13 de diciembre por la  Legislatura bonaerense y promulgada luego por el Gobierno de Scioli.

Junto a su ministro de Seguridad Ricardo Casal, Scioli había  reclamado públicamente la sanción de este proyecto en la  Legislatura.

“Las entraderas se tienen que revertir, los que tienen que  entrar a las cárceles son los delincuentes -dijo en su momento-. Sé  que a veces algunos cuestionan iniciativas en este sentido, pero  acá no podemos quedar bien con todos, tenemos que elegir todos los  días y elegimos estar del lado de las familias y de aquellos  ciudadanos que quieren vivir en paz sin violencia”.

“El que tiene un arma así la tiene para delinquir, por eso  quiero dar un paso más adelante y que aquellos que sean sorprendidos  con estas armas vayan presos”, había planteado el mandatario en septiembre  pasado, cuando pidió un rápido tramite al proyecto.

Esa ley, que reforma el artículo 171 del Código Procesal Penal  de la Provincia de Buenos Aires, sostiene que “en ningún caso se  concederá la excarcelación cuando hubiere indicios vehementes de  que el imputado tratará de eludir la acción de la justicia o  entorpecer la investigación”.

Tampoco se concederá este beneficio “en los supuestos de  tenencia o portación ilegítima de arma de fuego de cualquier calibre,  el imputado hubiera intentado eludir el accionar policial, evadir  un operativo público de control o, de cualquier otro modo,  desobedecer, resistirse o impedir el procedimiento”.

La ley establecía que las disposiciones iban a regir “en forma  inmediata” y se aplicarían “aún respecto de los procesos,  incidentes y recursos en trámite, sin afectar derechos adquiridos ni la  validez de los actos cumplidos”.

Ahora, con la decisión de la Suprema Corte, la ley quedará  suspendida hasta que se dicte sentencia definitiva sobre el planteo  de inconstitucionalidad interpuesto por los organismos de derechos  humanos.

 

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