Ciudad, Información General

Juez Federal intima y sanciona al Club Aldosivi

La Resolución de fecha 23 de noviembre del 2010 expresa: Téngase presente la denuncia por incumplimiento de medida cautelar denunciada por la actora, y conforme lo solicitado por la amparista, incumpliendo la accionada con la orden judicial dictada en autos, en virtud de lo normado por el art. 666 bis del C.C. y las facultades que me otorga el C.P.C.C.N., atento el estado de autos y demás razones invocadas, corresponde intimar al Club Atlético Aldosivi, a que en el plazo de 1 día hábil a partir de la notificación del presente proveído cumpla con la medida cautelar decretada a fs. 125, “…suspendiendo la construcción del Estadio del Club, la piscina y el gimnasio, en el lugar que el Club tiene permitido por la Provincia de Buenos Aires en la zona de la Reserva Natural Puerto Mar del Plata…” bajo apercibimiento de aplicar astreintes por incumplimiento de una orden judicial y remitir los antecedentes a la Justicia Penal por posible comisión de acto ilícito (art. 249 del C.P.) notifiquese con habilitación de días y horas inhábiles, resolvió el juez federal Eduardo Pablo Jiménez.

La Ley provincial Nº 11723 dispuso a través del anexo II, artículo 2) serán sometidos a evaluación de impacto ambiental municipal, los siguientes proyectos: b – emplazamiento de centros turísticos, deportivos, campamentos y balnearios,  lo cual denota claramente la delegación dispuesta por la propia provincia, respecto a la autoridad de aplicación, la autoridad municipal.-

En este caso, el Club Aldosivi no presentó el proyecto en ningún ámbito estatal y menos aún una declaración de impacto ambiental. Además, ingresó con sus máquinas a la Resrva Natural Puerto Mar del Plata.

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