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Extienden el plazo para renovar el DNI hasta marzo de 2016

Obligatorio-prorrogas-Nuevo-DNI-tramitarlo_CLAIMA20150610_0143_28Prorrogan una vez más el plazo para renovar el Documento Nacional de Identidad (DNI). Originalmente la fecha límite vencía en diciembre de 2014, luego se extendió hasta fines de este mes, pero ahora los menores de 75 años podrán reemplazar los documentos de identidad anteriores con el nuevo DNI digital hasta el 31 de marzo del año que viene. Es quiere decir que en las próximas PASO se podrá votar con cualquier documento.

Así lo informó el Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, a través de la resolución 2030/2015, publicada hoy en el Boletín Oficial, que señala que el objetivo de la medida es “evitar confusión o posibles inconvenientes a la hora de ejercer el derecho al voto por parte de la totalidad de los ciudadanos”.

“A la fecha -dice la norma- el número de ciudadanos que aún no han realizado el cambio por el Nuevo DNI digital resulta mínimo en términos porcentuales de población, dando cuenta de lo efectivo y beneficioso que ha resultado el canje y la modernización documentaria para quienes habitan nuestro país”.

“No obstante, resulta necesario atender las especiales circunstancias que atraviesa la fase final del canje establecido, por coincidir con un año electoral marcado por la realización de sucesivos comicios de internas partidarias y elecciones generales a nivel local, provincial y nacional en todo el país”, añade la disposición.

La normativa explica además que esta prórroga se da “con el objeto de evitar confusión o posibles inconvenientes a la hora de ejercer el derecho al voto por parte de la totalidad de los ciudadanos, y al mismo tiempo, de brindar mayores facilidades a aquellos que aún no han tenido acceso al cambio del DNI manual por el Nuevo DNI digital”.

La nueva fecha límite para el recambio de DNI “toma en consideración evitar inconvenientes a los ciudadanos tanto en fechas festivas y período estival durante los cuales se movilizan millones de personas dentro y fuera del país, como en el inicio del ciclo lectivo”.

Por último, la resolución remarca que “el Código Electoral Nacional habilita a los electores a votar con todos los tipos de documento cívico, siempre que se trate del último ejemplar tramitado por el titular, sin distinción de su formato”.

Las personas que deben remplazar su documento son aquellas menores de 75 años que poseen el DNI de tapa verde, la libreta de enrolamiento o la libreta cívica. En la página de Internet del Ministerio del Interior (www.mininterior.gov.ar) se pueden ingresar los datos y conocer si se debe llevar a cabo la renovación; y de ser necesario, en el mismo portal se puede sacar turno para realizar el trámite.

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