La semana anterior, el Dr Ricardo Mauhourat, ex presidente de la Asociación de Abogados de Tandil, comentó que “la Corte Suprema rechazó el amparo presentado por el Municipio de General Madariaga, dejando firme el fallo de Cámara que declaraba inconstitucional la exigencia del pago de multas de tránsito como paso necesario al otorgamiento del carnét de conducir”.
Agregó que “la Cámara tiene competencia territorial sobre Tandil lo que debe ser contemplado como un mensaje hacia las autoridades locales para que dejen de exigir el pago de las multas a quienes van a renovar su registro”.
Y amplió que “no quiere decir que no haya que pagar las multas”, dijo Mauhourat. “Las multas hay que pagarlas. Lo que dice el fallo es que no se puede exigir ese pago para renovar la licencia porque sería un medio extorsivo”.
Por último, manifestó que “las administraciones municipales tienen otros mecanismos para reclamar el pago”, y que “el fallo es claro, deben reformular las exigencias a la hora de renovar la licencia”.
En tanto, el Director General de Inspección y Habilitaciones del Municipio de Tandil, Alejandro Ruffa, dijo que “más allá del fallo de la Corte, sigue vigente el requisito de libre deuda para renovar las licencias de conducir”.
Entiende la municipalidad que “a la fecha, no hemos recibido ninguna notificación del Ministerio de Transporte de la Provincia”.
El funcionario local explicó que los carnéts de conducir dependen de la Provincia de Buenos Aires y hasta que no llegue la resolución correspondiente no se puede “innovar”.