Política

El caso Riquert no es la excepción en Mar del Plata: son abrumadores estos fallos

 

El fallo del Juez de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Mar del Plata, Marcelo Riquert, que liberó el 29 de abril de 2020 al motochorro que asesinó a la psicóloga María Rosa Daglio el pasado 19 de marzo, más allá de su gravedad, no debe ser visto como un caso aislado, sino como una cruda expresión dentro de un sistema muy arraigado en la justicia ordinaria al menos en el Partido de General Pueyrredón.

Aunque en esta ocasión la excusa para las excarcelaciones fue la pandemia de coronavirus, en verdad se trata de una doctrina fuertemente impulsada por magistrados adscriptos al kirchnerismo, cuya máxima autoridad quizá sea, además del ex juez Eugenio Zaffaroni, la agrupación judicial K Justicia Legítima.  

La mayoría de los medios, de los analistas y de la opinión pública suele observar con atención los movimientos de la justicia federal, pero, a la luz de los últimos acontecimientos, quizá sea hora de posar más la mirada sobre el fuero ordinario. A diferencia de lo que ocurre en el ámbito federal con el Centro de Información Judicial (CIJ), donde todos los fallos, sentencias y resoluciones se publican, en la llamada justicia provincial nada de eso ocurre, lo que genera que muchas decisiones demoren demasiado en darse a conocer, con todo lo que ello implica.

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El Departamento Judicial de Mar del Plata, integrado por los distritos de General Pueyrredón, Balcarce, General Alvarado, y Mar Chiquita, está compuesto por 3 Salas de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, la Cámara en lo Contencioso Administrativo, y la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal, cuyo Presidente es el Juez Marcelo Madina, al que nos referiremos más adelante, y el Vice, Walter Dominelli. La misma posee 3 salas, una de las cuales está integrada por Marcelo Riquert, acompañado de Esteben Viñas. La 2 la componen el mencionado Walter Dominelli y Adrián Angulo, y la Sala 3, por Pablo Poggeto y Raúl Paolini.

También hay 16 juzgados en lo Civil y Comercial, 2 en lo Contencioso Administrativo, 7 de Familia, 5 en lo Correccional, 3 de Garantías del Joven, y 2 de Responsabilidad Penal Juvenil. Además de 2 juzgados de Ejecución Penal, uno a cargo del magistrado Ricardo Perdichizzi y el restante titularizado por Juan Sebastián Galarreta, de quien también nos ocuparemos, y 6 de Garantías, cuyos titulares son los Dres. Daniel De Marco, Saúl Errandonea, Rosa Frende, Juan Tapia, Gabriel Bombini y Lucrecia Bustos. Completan el organigrama 4 Tribunales en lo Criminal.

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Juan Sebastián Galarreta

El 10 de agosto de 2002 Diego Armoa Reyes y un cómplice se introdujeron en una reconocida galería de la ciudad, en plena peatonal San Martín, con la idea de asaltar un “arbolito”, muy de moda por aquellos años por la crisis cambiaria imperante. Pero se equivocaron y asaltaron a una persona que paseaba por la galería. Ante la situación, intervino el policía Manuel López Araya, de apenas 32 años, intercambiando disparos. El proyectil del delincuente impactó en el abdomen del policía y le causó una lesión de gravedad, falleciendo 16 días después tras una larga agonía.

Armoa Reyes fue detenido tiempo después y puesto a disposición de la justicia. A la espera del juicio, fue beneficiado con el arresto domiciliario, donde amenazó con un arma a un vecino. Finalmente, en septiembre de 2007 fue condenado a 30 años de prisión. Pero el 23 de diciembre de 2014, 7 años y tres meses después de la condena, el Juzgado de Ejecución Penal Nº2, a cargo de Juan Sebastián Galarreta, le ordenó al Servicio Penitenciario Bonaerense la incorporación del reo al régimen abierto del Programa Casas por Cárceles y al beneficio de salidas transitorias. pese a informes contrarios confeccionados por los equipos interdisciplinarios de la Unidad Penal XV-donde cumplía la pena- en cuanto a su buena conducta y niveles de adaptabilidad y violencia. El jueves 21 de mayo de 2015 dos individuos entraron al Hospital Privado de Comunidad, y amenazando con armas de fuego a los empleados se apoderaron de diversos bienes y se tirotearon con personal de seguridad. Uno de ellos fue Diego Armoa Reyes.

El Programa “Casas por Cárceles”, aún vigente, fue implementado el 3 de marzo de 2010 en la Provincia de Buenos Aires en el ámbito de SPB, durante la gobernación de Daniel Scioli, mediante la Resolución Ministerial N° 56 “con el objeto de mejorar cualitativa y cuantitativamente las condiciones de detención de las personas privadas de su libertad”.

El 6 de abril de 2018 fue actualizado por la Resolución 256/18, durante la gestión de Maria Eugenia Vidal. El Juez Galarreta valoró dicho programa como primer paso de la flexibilización del encierro y favorecedor de una mejor revinculación del interno con la sociedad. Pero lo cierto es que a 11 años de su implementación, su efectividad está en duda.

Un sábado de abril de 2017, ocho personas disfrutaban de una cena en una casa en el barrio Puerto, cuando cuatro hombres armados ingresaron a los gritos y en cuestión de minutos los despojaron de dinero, teléfonos, valores y hasta de un auto. Uno de los delincuentes era Emiliano Cavas, un preso de Batán con salidas transitorias que estaba cumpliendo una condena a 20 años por asesinar a tiros y puñaladas en 2004 al joven comerciante y jugador de rugby frente a su esposa y su bebé. Quien concedió el beneficio a Cavas, habiendo cumplido apenas 9 años de los 20 a los que había sido condenado, a través del Programa Casas por Cárceles, fue el juez de ejecución, Juan Galarreta, además de permitirle salidas los fines de semana.

César Galera fue detenido en mayo de 2016 sospechado de haber violado a una chica de 22 años a comienzos de dicho mes, tras sorprenderla en una parada de colectivos en la Ruta 11, en Playa Los Lobos. Trece años antes, em 2003, el reo había atacó a una chica de 17 años, poniéndole un cuchillo en la garganta y sometiéndola a espantosos vejámenes durante 6 horas.

Pese a haber recibido una pena de 16 años y 6 meses por este hecho, Galera recibió el beneficio de la prisión domiciliaria habiendo cumplido 12 de aquellos 16 de condena. Pero lo llamativo e indignante del asunto es que el violador fue beneficiado por presunta buena conducta luego de que en julio de 2014 intentó abusar de una radióloga del Penal de Batán. El juez que le otorgó el beneficio fue Juan Sebastián Galarreta.

Juan Carlos Pili Santín tenía por delante cuatro años y diez meses de cárcel por robo agravado, cuando accedió a las salidas transitorias y, ya fugado y con pedido de captura, fue capturado acusado de un asalto. Jorge Dabos Díaz también tuvo permisos y fue luego detenido por tentativa de robo. Y finalmente Roberto Segura Maldonado, que no volvió a la Unidad Penal N° 15: lo encontraron dos semanas después, acribillado por quienes serían sus compañeros de atracos. Los citados son sólo algunos de los internos a los que Galarreta concedió acceso al programa Casas por Cárceles, que les permite habitar en viviendas dentro del penal y concede una salida semanal, pese a que todos ellos tenían informes previos adversos.

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Marcelo Riquert, en una curiosa fotografía

Otros casos

En Mar del Plata, como ya se señalara, sólo hay dos juzgados de Ejecución Penal, uno de los cuales está a cargo de Galarreta, Y la Cámara correspondiente tiene 3 Salas, una de ellas está presidida por Marcelo Riquert, el magistrado que liberó al motochorro asesino. Y el Presidente del Tribunal de Alzada es el Dr. Marcelo Madina.

Datos. Sólo entre entre el 16 de marzo y el 22 de abril de 2020, en el Juzgado de Ejecución Penal 1 a cargo de Ricardo Perdichizzi ingresaron 180 solicitudes de excarcelaciones de las cuales fueron resultas 76, mientras que en el 2, del Dr. Galarreta, habían entrado 163, resolviéndose favorablemente 34.

Debe recordarse que el 13 de abril de 2020, con motivo de la pandemia, los jueces de la Cámara Federal de Casación, el máximo tribunal penal de la Nación, emitieron la Acordada 9/20, en la cual “recomendaron que los tribunales de la jurisdicción adopten medidas alternativas al encierro, tales como la prisión domiciliaria, con los mecanismos de control y monitoreo correspondientes, a las personas en prisión preventiva por delitos no violentos, o que no representen un riesgo procesal significativo, o que estén próximas a cumplir la condena”, además de incluir a los grupos considerados de riesgo por su salud. En otro punto, recomienda así mismo “meritar con extrema prudencia y carácter restrictivo la aplicabilidad de estas disposiciones en supuestos de delitos graves”.

El sábado 11 de noviembre de 2017, en su blog personal llamado “Cátedra Riquert”, con el título “Jueces de Ejecución: ¿Liberadores Seriales?”, el camarista Marcelo Riquert decía, en referencia al caso Galera, “en junio de 2016, a propósito de lo que ya se ha transformado en una suerte de ritual que se reitera en forma cada vez más acelerada, publiqué un pequeño comentario titulado “Hacer cumplir la pena y hacer cumplir la ley.

El contexto era el mismo que el actual: un conmocionante hecho de violencia letal producido por alguien que según (des)informan los medios debía estar preso pero no lo estaba porque a un Juez de Ejecución –carente de sentido común? se la había ocurrido liberarlo anticipadamente”.

Y finaliza haciendo foco en el argumento central de la problemática: “La sobrepoblación carcelaria y el estado muchas veces ruinoso de nuestras prisiones son, naturalmente, parte de la posible explicación. Es más, desde el propio poder ejecutivo una situación en que el sostenido crecimiento de presos (ya llegamos a más de 42000, alrededor de la mitad sin condena) está llegando a un punto límite ante la imposibilidad de ampliar correlativamente la capacidad de alojamiento disponible”. Aquí radica el meollo de la cuestión.

Si bien en 2016 se multiplicaron las marchas para remover al Juez Galarreta, y hasta se juntaron firmas con ese fin, el magistrado continúa en su cargo. Lo cual no sorprende, habida cuenta del reciente comunicado que sacó la Asociación Argentina de la Justicia de Ejecución Penal, donde defiende el accionar del tribunal, sosteniendo que las críticas “al acierto o error” de los jueces, implica “una evidente e indebida injerencia en la actividad jurisdiccional que no debe ocurrir jamás”. De la familia de la víctima, ni una sola palabra.

Respecto al Presidente de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal, Marcelo Madina, cabe señalar que un hecho que habla por sí mismo. El 12 de diciembre de 2019 disertó como panelista en un encuentro llamado “Hacinamiento en lugares de detención. Crisis humanitaria”. Nuevamente el estado de las cárceles y las condiciones de los reos como eje central del debate.

Miguel S., condenado en el año 2018 por violar a su propia hija y causarle un embarazo, solicitó a fines de marzo de 2020 que se le concediera el arresto domiciliario por considerar que su vida corría riesgo en su alojamiento en la Unidad Penal N°15 de Batán. El 26 de marzo, el juez Néstor Conti, integrante del Tribunal 2, se negó a otorgarle el beneficio al reo. Sin embargo, el 14 de abril la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones le dio la razón al abogado del delincuente, ordenando la excarcelación del mismo. Pero el Dr. Conti se mantuvo firme y volvió a negarle la domiciliaria. El Tribunal que pretendía excarcelar al violador estuvo integrada por el Presidente de la Cámara, Marcelo Madina, además de los Dres. Adrián Angulo y Walter Dominella.

El Dr. Madina publicó un trabajo en el año 2005, donde ya hacía mención a una tensión existente entre los derechos de las víctimas y los de los victimarios. “Como quedó expuesto en los casos de las garantías de la doble instancia, existe mucho más que una mera tensión entre los derechos del imputado y de la víctima en un proceso penal, ya que en realidad en algunos casos el reconocimiento de los derechos de uno lleva a la negación o disminución de los del restante sujeto procesal”, aseguraba allí el jurista.

Vale volver a citar las palabras del Juez Esteban Viñas, colega del Marcelo Riquert en la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones: “El problema es estructural, la población de nuestras cárceles sufre desnutrición, falta de oportunidades, se le niega el acceso a educación. Son personas a las que se les vulnero todo tipo de derechos. No tienen las herramientas que el sistema debería brindar. Las reglas para obtener los recursos son la violencia o mendigar, si no trabajamos sobre esas causas, no vamos a erradicar el delito. Si no alcanzamos la equidad social, nunca vamos a detener la inseguridad”. Como se aprecia, se trata de un argumento muy extendido entre aquellos funcionarios judiciales cercanos al kirchnerismo.

En este sentido, resulta necesario recordar que el 4 de diciembre de 2003, el Gobierno del ex Presidente Néstor Kirchner, a través del Decreto 1183/03, se propuso la implementación de un programa que contemplaba la construcción de penitenciarías federales, en 4 etapas, donde se iban a construir diferentes complejos en el Partido de Mercedes, en Salta, en Cuyo, en Misiones, en Córdoba, en Formosa, y en Santa Fé, además de efectuar ampliaciones en Marcos Paz y Ezeiza.

Pese a los anuncios, el único que se construyó durante el kirchnerismo fue el de Salta, inaugurado recién el 26 de julio de 2011 por la actual vicepresidenta Cristina Kirchner.

Pablo Portaluppi

pabloportaluppi01@gmail.com

18 Comentarios

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