Política

Cámara Federal de Mar del Plata declaró “abstracto” planteo del gobierno nacional

2131778h765Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, los elegidos de Mauricio Macri para la Corte Suprema.

La Cámara Federal de Mar del Plata declaró “abstracto” un planteo del Gobierno nacional contra la medida cautelar que frenó la asunción de dos juristas designados por decreto y “en comisión” en la Corte Suprema.

Además, adoptó el mismo criterio respecto de la recusación que planteó el gobierno contra el juez que dispuso la medida, el magistrado federal de Dolores Alejo Ramos Padilla, a quien calificó como “juez militante” por su pertenencia a la agrupación judicial filokirchnerista “Justicia Legítima”.

La Cámara se desentendió del fondo de ambas cuestiones argumentando que el Poder Ejecutivo decidió posponer la jura de Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti en la Corte, y activó el mecanismo constitucional de designación y el decreto de transparencia para arribar a esas designaciones.

Después del anuncio de la designación “en comisión” de ambos juristas, el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, visitó al presidente Mauricio Macri.

Ambos acordaron postergar hasta febrero las juras y, entretanto, se abrió el procedimiento constitucional para la designación de jueces del máximo tribunal, lo que fue comunicado oficialmente en la página del Centro de Información Judicial (CIJ).
“Es en la inteligencia de ese comunicado de la Corte Suprema, que se han de reverenciar los principios que hacen a la esencia de la forma republicana de gobierno”, sostuvieron los camaristas marplatenses Jorge Ferro y Eduardo Pablo Jiménez.

En los hechos, el fallo da por finalizada la cuestión en virtud del acuerdo entre Macri y Lorenzetti, y sostiene que no hay un “caso” judicial sobre el que pronunciarse.

“La Corte Suprema de Justicia en su Acuerdo del día 16 de diciembre del 2015 ha señalado que el Poder Ejecutivo ha decidido comenzar con el trámite previsto en el Decreto 222/03 a fin que los pliegos de los candidatos propuestos sean tratados por el Senado de la Nación, extremo éste que permite reafirmar y salvaguardar el principio constitucional de división de poderes en la designación de los Jueces propuestos para el Alto Tribunal de la República, respetando de esa manera las disposiciones constitucionales sobre la materia”, explica el fallo.

“En consecuencia, y sin perjuicio de la opinión que pudo habernos merecido la generación del procedimiento dispuesto” por el gobierno al designar a Rosenkrantz y Rosatti por decreto, “es claro que la ulterior adopción por parte del Alto Dignatario de la mecánica establecida por el Decreto 222/03, que regula solamente la facultad presidencial de nombrar Magistrados de la Corte Suprema, y se encuentra actualmente en pleno proceso de cumplimiento, revierte la tesitura del análisis original habido en éste expediente”, añadieron.

DYN

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