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ACUBA: “Es ilegal el plus en los cigarrillos”

Así mismo, explicó  que lo mismo se hizo con las “cargas virtuales” y que este conjunto “resulta a todas luces violatorias del régimen de defensa del consumidor, de la competencia y de lealtad comercial”.

En tanto, agregaron: “la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires en autos ‘Lucero’, al tiempo de resolver en el año 2008 sobre el denominado ‘servicio de Playa’ -plus que cobraron algunos titulares de Estaciones de Servicio de la Provincia de Buenos Aires en ciudades como La Plata (y que en Mar del Plata no se efectivizó por la actuación preventiva en el año 2007 de la Oficina de Defensa del Consumidor local)-, resolvió expresamente que se advierte por parte de las accionadas una infracción de la citada normativa sustancial, destinada a la salvaguarda del derecho a la información al consumidor. Dicha vulneración se concreta con la colocación artificial de este ‘plus’ por un servicio inescindible del producto adquirido, como un capítulo independiente y no adicionado al precio final por litro publicado y exhibido de conformidad con las exigencias legales referidas en este apartado”.

El comunicado de ACUBA esta firmado por el presidente de la entidad, Gerónimo Rossi y el asesor legal de la misma, Federico Alvarez Larrondo.

Ambos concluyeron: “los precios deben ser únicos y no pueden poseer agregados, tal como lo manda el artículo 2 de la Resolución 7/2002 de la Secretaría de Comercio de la Nación”.

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