Ciudad, Información General

Primer congreso internacional sobre Discapacidad y Derechos Humanos

El primer Congreso Internacional sobre Discapacidad y Derechos Humanos se realizará el 10 y 11 de junio en Buenos Aires con el objeto de analizar la capacidad jurídica y observar las perspectivas del impacto de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es la primera Convención sobre Derechos Humanos del siglo XXI. La misma pretende provocar un cambio social que asegure a todas las personas con discapacidad su plena inclusión en la sociedad, poniendo el acento en la eliminación de las barreras que impiden su participación activa en la misma.

Unos de los principales retos que supone su entrada en vigor es la correcta adaptación de las disposiciones que garantizan la igualdad de trato en el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, considerando discriminatoria toda distinción que se base en la propia discapacidad.  Estas disposiciones se encuentran recogidas, principalmente, en el artículo 12.

El marco legal establecido por el artículo 12 contempla un cambio en el modelo a adoptar, a la hora de regular la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, especialmente en aquellas situaciones en las cuales puede resultar necesario algún tipo de intervención de terceros. Mientras que el sistema tradicional tiende hacia un modelo de “sustitución” en la toma de decisiones, el modelo de derechos humanos en el que se fundamenta la Convención, se basa  en la dignidad intrínseca de todas las personas y aboga por un modelo de “apoyo” en la toma de decisiones.

Este modelo incluido finalmente en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad refleja la posición de las propias personas con discapacidad en contraposición al actual sistema imperante en prácticamente todos los sistemas jurídicos nacionales que manifiestamente provocan graves vulneraciones a los derechos fundamentales. Así, el modelo y el rumbo parecen bastantes claros, pero el camino se presenta confuso y complicado.

(Fuente: Prensa Dirección General de Promoción de la Igualdad y Prevención de la Discriminación)

Deja un comentario