Ciudad, Información General

Medidas de fuerza en ARBA

En el día de la fecha, siendo las 12:00 hs, se reúnen los Agentes del Departamento Operación Área Interior Mar del Plata.

 

Los temas tratados durante el transcurso de la reunión fueron los siguientes:

1- Descuentos por PARO realizados por el Organismo, exclusivamente a los afiliados a ATE.

2- Continuidad de los puntos resueltos en la Asamblea de fecha 23/08/2010 suscripta por los Agentes del Departamento Operación Área Interior Mar del Plata, ratificados en Plenario Provincial de Delegados según consta en la Nota N° 419/10 firmada por el Consejo Directivo de la Provincia de Buenos Aires de la Asociación de Trabajadores del Estado-ATE y presentada ante el Ministerio de Trabajo con fecha 07/09/2010.

 

Que en relación al punto 1, los trabajadores afiliados a ATE, hemos tomado conocimiento de los descuentos por los días de PARO, efectuados en el marco de las medidas tomadas por nuestra asociación en virtud del reclamo Provincial realizado por el desdoblamiento en 4 (cuatro) cuotas del Aguinaldo, del pasado Julio de 2012.

Que en el marco del reclamo antes mencionado, TODAS las agrupaciones Sindicales existentes en ARBA, realizaron tales medidas dentro del mismo mes, las mismas semanas, pero en días diferentes.

Que tomando conocimiento de los descuentos realizados por ARBA y constatando que SOLO fueron para los afilados a ATE, hemos resuelto:

 

Con relación a los puntos en cuestión se ha resuelto por unanimidad de los presentes:

Que ante la falta de cumplimiento al compromiso de apertura al diálogo asumido por las autoridades para el tratamiento de los temas relativos a: Pase a Planta Permanente, Viáticos, Bonificación por Riesgo, Adicional ARBA e Incentivo; expuesto en el acta inscripta ante el Ministerio de Trabajo de la Nación como parámetros necesarios que conllevaran a atenuar o dejar sin efecto las medidas adoptadas por los trabajadores.

Y que en respuesta a los descuentos sufridos injusta y arbitrariamente, realizados por ARBA, en clara violación de los convenios 87 y 98 de la OIT (Libertad Sindical, Protección del derecho de sindicación y negociación Colectiva) y hasta tanto no se obtenga la restitución de los montos descontados y la explicación de las causas que generaron tal actitud discrecional por parte de las autoridades.

 

Se resuelve: a) No realizar la apertura de nuevos expedientes, ni recibir por sistema FIDO las próximas asignaciones b) Continuar con la medida de no proyección de descargo en el Parte Mensual; c) Efectuar las visitas a los contribuyentes que se encuentran fuera del lugar de asiento, siempre que exista accesibilidad y medios de transporte adecuados, c) no realizar notificaciones, puesto que no son tareas inherentes al puesto función del agente fiscalizador, d) Inscribir la medida ante el Ministerio de Trabajo.

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