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“Mar del Plata: violenta reacción policial ante protesta de trabajadores”

La Plata, 11 de julio.- (Diario Hoy) – El titular de la delegación marplatense del Ministerio de Trabajo bonaerense, José San Martín, y empleados pesqueros fueron detenidos y horas más tarde recuperaron la libertad. Desafectaron al efectivo que golpeó a un manifestante.

El delegado del Ministerio de Trabajo bonaerense en Mar del Plata, José San Martín, y los ocho trabajadores de una empresa pesquera que se encontraba en conflicto fueron liberados a las 14 de hoy de la comisaría primera de esa ciudad.

A raíz de la actuación policial, un efectivo de la bonaerense fue desafectado de la fuerza por decisión de la Auditoría General de Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad.

San Martín anunció ante la prensa que va a iniciar acciones legales contra los policías que lo golpearon y agradeció las gestiones del gobernador Felipe Solá; el ministro de Trabajo, Roberto Moullierón; y el intendente Daniel Katz, que permaneció en la comisaría hasta su liberación.

San Martín, y ocho trabajadores de una empresa pesquera, fueron golpeados y detenidos por policías cuando realizaban esta mañana una olla popular en el marco de una protesta salarial, denunciaron testigos.

Los efectivos de la Guardia de Infantería llegaron al lugar para cumplir la orden de un fiscal de que no realice fuego en la calle. Entonces San Martín habría intentado evitar agresiones poniéndose junto a los trabajadores, pero varios testigos afirmaron que fue arrastrado del pelo a un vehículo en el que se lo llevaron detenido, junto a otras ocho personas.

Además, una trabajadora embarazada de siete meses habría sido

golpeada por los uniformados, que aparentemente utilizaron sus

bastones de goma también con otros muchos manifestantes, indicaron varios de los presentes a distintas radios locales. Ni los detenidos ni otros empleados habrían sufrido heridas de consideración.

El incidente se produjo frente a la empresa de procesamiento de pescado, aparentemente de capitales chinos, situada en Champagnat entre Rivadavia y Belgrano de esta ciudad.

Policía desafectado

La Auditoría General de Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad desafectó de servicio esta tarde al oficial de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, que golpeó en el piso a un manifestante durante una protesta que trabajadores pesqueros llevaron a cabo esta mañana en Mar del Plata.

El efectivo pertenece al Cuerpo de Infantería y la resolución fue tomada luego de que la Auditoría analizara la actuación policial tras tomar conocimiento de los incidentes que se habían registrado.

La desafectación de servicio implica que el policía fue separado preventivamente de la fuerza hasta tanto se determine la responsabilidad en el caso. Una vez que se resuelva su situación puede ser exonerado, cesanteado, recibir una suspensión de empleo o ser sobreseído””.

11 PREGUNTAS PARA UN FELICITADO

1) ¿Qué hacía personal del Cuerpo de Infantería frente a una planta pesquera?

Cumplía nada mas y nada menos que una orden judicial dispuesta por el Fiscal Oscar Deniro del Departamento Judicial Mar del Plata, en una investigación originada como consecuencia de la denuncia de varios delitos de acción pública.

2) ¿Cuál era la consigna que debía cumplir el personal allí apostado?

De acuerdo a lo dispuesto por el Fiscal Interviniente y ordenado por escrito a las autoridades policiales superiores de la ciudad, evitar la comisión de delitos, la continuidad de los que ya se habían producido y el ingreso a la planta que ya había sido desalojada por orden del mismo funcionario.

3) ¿Qué papel jugaba en el lugar el denominado “Funcionario de la Secretaría de Trabajo?

Jugaba el papel de sindicalista, olvidándose de su función oficial para arengar a un grupo patotero, a la vieja usanza, con el fin de producir el ingreso por cualquier medio a la fábrica, con el remanido pretexto de la existencia de obreros “en negro”, como si no los hubiera por todos lados incluso en la misma administración pública provincial de la que forma parte (Ej. El mismo personal policial cobra sus horas “CoRES” en negro, es decir sin aportes previsionales. Ocasionando reclamos jamás escuchados).

4) ¿Cuál era la intención definitiva del “Funcionario de la Secretaría de Trabajo”?

Ingresar a la planta, cosa que en ningún momento se le habría impedido, salvo que debería hacerlo solo en su calidad de funcionario y no seguido de una cincuentena de reclamantes como en todo momento pretendió

5) ¿Quién dio comienzo a la violencia?

Uno de los acompañantes del “funcionario” habría tirado una bicicleta contra el cordón policial con el objeto de procurar abrir un hueco por donde atropelló el “Funcionario de Trabajo”, con el objeto de producir su ingreso violento y el de los que lo acompañaban.

6) ¿Cuál es la normativa que regula actualmente la actuación policial frente a los hechos de agresión, pregonada constantemente?

La mínima utilización de las armas, procurando reducir a los delincuentes mediante el uso de la fuerza física solamente, aún cuando dicha actitud sea contraria a la seguridad de los funcionarios policiales.

7) ¿Qué medio se utilizó para reducir al delincuente?

Solamente la fuerza física hasta que dejó de oponer resistencia y fue esposado

8) ¿Quién resultó con lesiones?

Salvo las escoriaciones propias de un forcejeo que pudiera presentar el detenido, solamente un efectivo policial sufrió lesiones de carácter grave como al parecer fue la fractura de un dedo durante la resistencia impuesta por el detenido

9) ¿Quién será el pato de la boda?

Un camarada policial de baja jerarquía que seguramente nunca deseo encontrarse en el lugar, ante una situación que el mismo gobierno resulta incapaz de solucionar, que otro poder del estado, como el Judicial, le ordena cumplir y todos lo abandonan a su suerte que habría llevado al mismo o parecido resultado, haciendo o no haciendo.

10) ¿Qué dispuso el fiscal mientras tanto?

A lo Pilatos, se habría lavado las manos olímpicamente aludiendo “que se debería dar cuenta de los hechos a “la Fiscalía en turno”. Se desconoce si al “Funcionario de Trabajo, a la par de la investigaciones contra el personal policial se le iniciarán actuaciones judiciales por Agresión, Atentado y Resistencia a la autoridad, violación a los deberes de funcionario público, lesiones y unos cuantos delitos mas que incluso se vieron por televisión.

11) ¿Qué dijo el gobernador en su discurso?

Lejos de apoyar el hecho de que “su” personal policial se encontraba cumpliendo una orden judicial, se dedicó a denostar a la fuerza interviniente adelantando castigos que el Ministro de Seguridad se apresuró a hacer cumplir, eludiendo las responsabilidades que como primer mandatario le caben el cumplimiento de dicho tipo de disposiciones, el mantenimiento del orden público, la seguridad de los habitantes, el respeto a las leyes, etc.

-Ya hemos citado hasta el cansancio en crónicas anteriores aquella frase acuñada por el Consejo Europeo de Sindicatos de Policía que dice claramente: “Los gobiernos no deben utilizar a sus fuerzas policiales para la solución de los conflictos sociales, sino que deben implementar las políticas adecuadas para la solución de esos conflictos”

Como ambas cosas en nuestro país parecen lejanas todavía, esperamos del accionar de la justicia la claridad en la investigación de la que seguramente saldrán los verdaderos culpables de lo ocurrido, aunque sin ninguna duda tanto la mayoría de los medios de información, ha emitido su condena, que por supuesto guiará a la opinión pública en el mismo sentido.

De todas maneras y solo a los fines ilustrativos incluímos seguidamente el “supuesto” texto de la orden judicial dada a la Policía de Mar del Plata, por el propio fiscal Oscar Deniro que se ha hecho llegar a APROPOBA, dejando en claro que no podemos certificar debidamente su autenticidad por no haber podido entrevistar hasta el momento al mencionado funcionario.

Mientras tanto nuevamente un funcionario policial paga por la incompetencia del gobierno para hacer cumplir las leyes y los mandatos judiciales.

APROPOBA, 11 de julio de 2006.-

 

MIGUEL ANGEL REYNOSO

Secretario General

 

Transcripción de la órden Judicial

 

///del Plata, 5 de julio de 2006.

Por interpuesta formal denuncia por parte de Alejandro Hesse. Póngase en conocimiento del Sr. Juez de Garantías (art.291 del C.P.P.).-

Cumplido ello, y sin perjuicio de la calificación que corresponda a los hechos en investigación, emerge del contenido de la denuncia, además y palmariamente de las fotografías acompañadas como de los certificados médicos, la evidente comisión de delitos de acción publica, alguno de los cuales se hallan en proceso de ejecución.-

Que el art. 293 del CPP responsabiliza a la Policía, no solo de la investigación por orden de este Ministerio Publico o por iniciativa propia los delitos de acción pública, sino que además, es su deber, impedir que los hechos cometidos sean llevados a consecuencias delictivas posteriores, individualizar a sus autores y reunir los elementos de prueba que sean del caso.-

Mas aun, cuando como se menciono mas arriba, los hechos se hallan en proceso de ejecución.-

ARTS. 293 Y 294 CPP.-

Consecuentemente con ello, resuelvo:

1) Disponer dada la gravedad de los hechos, que el Sr. Jefe Departamental de Investigaciones se haga cargo personalmente y con personal idóneo de la recolección de elementos de convicción, útiles para la comprobación de los hechos en su exteriorización material y que hagan al correcto encuadramiento jurídico penal posterior, y determinación de sus autores, cómplices o encubridores.-

TAL DILIGENCIA ABARCARA NO SOLO A QUIENES EVENTUALMENTE SE ENCUENTRAN INCURSOS EN GRADO DE AUTORIA SINO AQUELLOS QUE PROVEAN MATERIAL, APOYO LOGISTICO O CUALQUIER OTRA FORMA DE COLABORACION A LA EJECUCION DE LOS HECHOS.- ARTS. 266 INC. 1, 2 Y 3 CPP.-

Hacer comparecer a los responsables del área de investigaciones y seguridad, a los fines de hacerles entrega de las actuaciones al primero y copia de este proveído al segundo a los fines legales correspondientes.- art. 293-4 CPP., HACIENDO ESPECIAL HINCAPIE, ALOS FINES DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD PERSONAL Y DE LOS BIENES DEL DENUNCIANTE, QUE EN QUE EN CASO DE NO ENCONTRARSE EN CONDICIONES OPERATIVAS ADECUADAS A LA MAGNITUD, TRASCENDENCIA Y GRAVEDAD DE LOS HECHOS, REQUIERA EL APOYO DE QUIEN CORRESPONDA EN EL MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA. FDO. OSCAR ALBERTO DENIRO – AGENTE FISCAL.-

 

 

 

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