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Jubilados pueden nombrar apoderados para cobrar haberes

Desde la ANSES se informó que los jubilados y pensionados nacionales que quieran realizar trámites o percibir haberes y se vean imposibilitados de hacerlo, pueden nombrar como apoderado a una persona física o a una entidad bancaria.

Para hacerlo, deben acercarse a una delegación del organismo mencionado con el documento y el formulario correspondiente. El poder no representa costo alguno para el beneficiario.

Asimismo, se recuerda que hoy cobran el haber los beneficiarios del régimen de reparto cuyos haberes superen la suma mensual de $ 873 y cuyos documentos terminan en 4 y 5. También cobran aquellos en condiciones de percibir la prestación por desempleo, Plan 1 de Julio, cuyos documentos terminen en 2 y 3.

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