Política

Arroyo solicitó al HCD autorización para licitar el servicio de colectivos

Entre algunos de los puntos destacados se encuentra la exigencia de cámaras de seguridad en cada una de las unidades, aumento de frecuencias, un mínimo inicial del 30% de la flota propuesta de vehículos de piso bajo y/o adaptados para personas con discapacidad, construcción de más refugios y la implementación del boleto combinado con trasbordo, entre otros.

 

El Ejecutivo municipal elevó este viernes al Honorable Concejo Deliberante el proyecto de ordenanza con el pliego de bases y condiciones para el llamado a Licitación Pública para contratar la prestación del Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros para el Partido de General Pueyrredon.

 

El intendente Carlos Fernando Arroyo manifestó que “este pliego refleja el trabajo mancomunado de distintas áreas con el objetivo puesto siempre en la mejora del servicio. Esta Administración busca que, en este caso, el usuario sea el principal beneficiario de estas medidas, como sucedió cuando tomamos la decisión –en base a las nuevas tecnologías y capacitación del personal municipal- de crear una aplicación para saber los tiempos de los recorridos“.

 

Por su parte, el secretario de Gobierno, Alejandro Vicente, informó que “las diferentes inquietudes de los usuarios fueron trasladadas al pliego, como el hecho de incrementar las frecuencias, la implementación del trasbordo, la construcción y mantenimiento de refugios para pasajeros en diferentes sectores de la ciudad, queremos también implementar el sistema de paradas a 300 metros

 

Por último, Claudio Cambareri, subsecretario de Transporte y Tránsito, agregó: “Pretendemos que el servicio sea dinámico y beneficioso para los usuarios. Ahora, que ya está presentado, la decisión queda en manos de los concejales.  Es un trabajo cerca de 1 año y medio y, a sugerencia del intendente  Arroyo, se buscaron opciones para alentar el uso del transporte público“.

 

En tal sentido, es importante destacar que el servicio actual se encuentra vigente desde el día 20 de junio de 2007 con un plazo de vigencia por 12 años; venciendo, en consecuencia, el 19 de junio de 2019.

 

La importancia que reviste el servicio para el Estado Municipal reside en que la movilidad urbana se define como aquellos desplazamientos origen-destino que tienen lugar en centros urbanizados, ya sea mediante el uso de transporte motorizado público,  colectivo, y de acuerdo a la preferencia que las personas realicen en función de sus necesidades.

 

De manera que al tratarse de una necesidad que incumbe a un universo muy amplio de nuestra comunidad, es considerado un servicio público esencial pues busca la satisfacción del interés general y, también, de vital trascendencia en la vida cotidiana de los residentes y turistas del Partido de General Pueyrredon.

 

Es, además, lo relativo a la movilidad dentro de los circuitos urbanos una necesidad que tiene la particularidad de su constantes modificaciones que se generan en base a la variación de nuevos lugares urbanoscambios en las ubicaciones de las concentraciones sociales, sanitarias y educativasde nuevos centros comerciales, industriales y de servicios, radicación de nuevos desarrollos urbanísticos, etc.

 

Así pues, el transporte público colectivo de pasajeros en centros urbanos es considerado, entre otros, un factor determinante para afrontar la inclusión social y resulta decisivo para la productividad económica del territorio, para la calidad de vida de sus habitantes, el acceso a labores cotidianas, y a los servicios básicos de salud, educación y esparcimiento.

 

En General Pueyrredon el actual sistema de transporte público urbano colectivo de pasajeros fue diseñado hace más de una década y, resulta insoslayable que desde ese entonces se han producido notorias variaciones en cuestiones urbanísticas, comerciales, industriales, de los requerimientos de los servicios públicos.

 

Oportunamente, y mediante la sanción de la Ordenanza Nº 23.809 del 23 de Agosto de 2018el Honorable Cuerpo otorgó al Departamento Ejecutivo Municipal un plazo de 60 días, a efectos de que proceda a redactar un Anteproyecto de Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a una nueva licitación del servicio aquí abordado, una vez que se produzca el vencimiento de la actualmente en vigencia. Así, en el Artículo 2º de la norma referida se hubo de establecer que: “Encomiéndase al Departamento Ejecutivo que en el plazo de 60 días corridos eleve el anteproyecto de pliego de bases y condiciones para el llamado a licitación pública para la concesión del servicio de transporte público urbano colectivo de pasajeros”.

 

En consecuencia, desde el 10 de septiembre, mediante el Expediente Nº 10340-1-2018, el Departamento Ejecutivo, la Subsecretaría de Transporte y Tránsito a través del Departamento Técnico de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros conjuntamente con la Secretaría de Gobierno, mediante los trabajos preliminares que se venían efectuando desde al menos un año, se abocó a la elaboración del pliego en cuestión, de acuerdo a lo encomendado en la ordenanza referenciada.

 

Asi fue que el 31 de octubre fue remitido al Departamento Legislativo el referido anteproyecto de pliego de bases y condiciones, en cumplimiento a lo preceptuado en el Art.2º de la precitada Ordenanza Nº 23809.-

 

Observado ello y culminada la elaboración definitiva del ahora Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones para contratar la prestación del Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros y tal como fuera señalado en su oportunidad, se ha puesto especial énfasis en determinadas y nuevas circunstancias de la movilidad urbana con la finalidad de propender al mejoramiento del servicio público de transporte colectivo de pasajeros en nuestro Municipio.

 

En este orden de ideas se debe destacar:

 

– La exigencia de la instalación de cámaras de seguridad en cada una de las unidades, para brindar mayor seguridad ciudadana a pasajeros y conductores.

 

– Inclusión de un mínimo inicial del 30% de la flota propuesta de vehículos de piso bajo y/o adaptados para ofrecer inclusión a los personas con discapacidad

 

– Mantenimiento de una guardia mínima para el caso de interrupción del servicio, aún cuando ello se produjere en circunstancias de Fuerza Mayor o Huelga de personal, en razón de tratarse de un servicio público esencial.

 

– La exigencia de construcción, dentro de los tres primeros años, de 200 refugios para pasajeros de acuerdo a la modalidad adoptada de prestación de servicio.

 

– El incremento de las frecuencias que deberán realizar los vehículos que se encontrarán circulando de manera simultánea, de acuerdo al Diagrama Operativo.

 

– Implementación del boleto combinado con trasbordo, proponiendo a los usuarios un sistema que resulte de mayor eficacia y economía en sus traslados urbanos.

 

– Implementación de un sistema de paradas cada 300 metros.

 

– Construcción de estaciones de transferencias de pasajeros en zona Sur/Norte.

 

– Consumación de una nueva metodología de costo, para brindar un apego a la legalidad vigente y mayor transparencia en beneficio de los usuarios.

 

– Nuevos diagramas de las frecuencias nocturnas.

 

– Información de frecuencia y recorridos dentro de las  unidades.

 

– Uniformidad de colores por paquetes de línea dentro de un plazo de 180 días.

 

– Proveer medios técnicos a fin de compatibilizar la estructura de aplicación “Cuando Llega”.

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